La Enmienda No. 1, fechada el 13 de febrero de 2025, modifica el criterio de adjudicación del punto 12.3 del pliego para seleccionar hasta tres oferentes que cumplan las especificaciones y tengan los menores precios resultantes de sumar los precios unitarios del Anexo 1. Establece distribuir la adjudicación en 35 %, 33 % y 32 % según el orden ocupado, repartir equitativamente los porcentajes de lugares no ocupados y fijar un máximo total de RD$5,000,000.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Punto 12.3 del pliegoCriterio y distribución de la adjudicación | El texto del criterio anterior no se reproduce en esta enmienda. | Seleccionar hasta tres oferentes con cumplimiento técnico y menor suma de precios unitarios del Anexo 1; distribuir 35 %, 33 % y 32 %, con reparto equitativo de porcentajes no ocupados y tope total de RD$5,000,000. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona