Competencia del requerimiento atribuida a otro órgano
· hace 1 año
El informe indica que el requerimiento no se había planificado porque se consideraba competencia de otro órgano, aunque recomienda al Ministerio de Defensa agilizar la contratación. Conviene verificar qué órgano tenía esa competencia y qué sustenta que MIDE asumiera el requerimiento; el documento no permite concluir que MIDE careciera de atribuciones.
“Que el Ministerio de Defensa no tenía contemplado la planificación del requerimiento de la estructura del montaje y desmontaje de tarimas presidenciales, en virtud de que era competencia de otro órgano.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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