Plazo de adendas posterior a la presentación de ofertas
· hace 1 año
La circular fija el cierre de ofertas para el 25 de febrero y permite emitir respuestas y adendas/enmiendas hasta el 18 de marzo, después de recibidas las propuestas. Esa secuencia merece revisión porque puede permitir modificar las bases cuando las ofertas ya fueron presentadas.
“3. Plazo para emitir respuesta y adendas/enmiendas por parte del CCC. | Hasta el 18 de marzo de 2025. | 4. Presentación de las Ofertas "Sobre A" (Oferta Técnica) y "Sobre B" (Oferta Económica). | Hasta las 09:30 AM, del 25 de febrero de 202”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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