Importe de un renglón no concuerda con cantidad y precio unitario
· hace 1 año
La solicitud consolidada registra 2,448 tickets de RD$100, cuyo producto es RD$244,800, pero consigna RD$9,000 para ese renglón. Los importes de los renglones, usando el valor consignado, suman RD$5,409,000, no el total declarado de RD$5,644,800; aunque puede tratarse de un error de transcripción, conviene verificar cuál cifra sustentó la estimación y la comparación de ofertas.
“2.3.7.1.01 | Tickets de combustible de (Gasolina). RD$100.00 | Unidad | 2,448 | 100.00 | 9,000.00 … Total, RD$: 5,644,800.00”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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