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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condicion Electrodomesticos 4to.pdf

Adquisición de electrodomésticos para ser donados a familias de escasos recursos · Comisión Presidencial Apoyo Desarrollo Barrial

Publicado el 6 feb de 202539 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CPADB-CCC-CP-2025-0007

Lo que dice

El pliego establece una comparación de precios para adquirir electrodomésticos destinados a donación, con valor referencial de RD$5,305,000.00 y convocatoria prevista para el 7 de febrero de 2025. Exige ofertas por la totalidad de los seis tipos de bienes y fija recepción de ofertas para el 17 de febrero; incluye requisitos de antigüedad de marca, disponibilidad de inventario y entrega rápida, además de criterios de adjudicación que combinan menor precio con otros factores.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Criterios de adjudicación mezclan precio con factores no ponderados

Documento del 6 feb 2025 · hace 1 año

El pliego indica que se evaluará el menor precio, pero también menciona material, resistencia, tecnología, impacto ambiental y garantía sin precisar su ponderación ni cómo se comparan. La diferencia puede afectar la identificación objetiva de la oferta más conveniente.

“El Comité de Compras y Contrataciones evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido … evaluadas técnicamente como CONFORME, cumple/no cumple” (págs. 19-20)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito financiero aparece en la evaluación, no en la lista de documentos

Documento del 6 feb 2025 · hace 1 año

La sección de evaluación financiera exige estados financieros certificados por un CPA, aunque la lista de documentación técnica y credenciales no los incluye expresamente. Esa discrepancia deja incierto qué documentación deben preparar los oferentes y puede incidir en su habilitación.

“La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. … Estados Financieros, certificado por un CPA (contador público autorizado” (pág. 19)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Paquete obligatorio de bienes y clasificación en cuatro rubros

Documento del 6 feb 2025 · hace 1 año

El pliego obliga a ofertar los seis tipos de bienes en conjunto y exige que el RPE del oferente incluya cuatro actividades comerciales determinadas. El empaquetamiento de productos distintos y la exigencia simultánea de todas las clasificaciones pueden reducir el número de proveedores capaces de participar; el documento no explica técnicamente esa combinación.

“Nota: 2 Los oferentes deben participar por la totalidad de los ítems. … Nota: 3 Para que una oferta presentada sea calificada como conforme el oferente debe contener en su Registro de Proveedor del Estado (RPE) cada una de las actividades c” (pág. 7)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Antigüedad de marca y exigencias de fabricación local

Documento del 6 feb 2025 · hace 1 año

Varias especificaciones exigen marcas con más de diez años de presencia y reconocimiento en el mercado nacional; además, para estufas se exige ensamble nacional y para cilindros producción nacional. Son condiciones que pueden restringir alternativas de suministro y requieren sustento en la necesidad técnica del objeto.

“Marca con presencia de más de 10 años y reconocida en el mercado nacional … Marca con presencia de más de 10 años y reconocida en el mercado nacional. … Producción nacional” (pág. 6)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Entrega en tres días y compromiso no subsanable de inventario

Documento del 6 feb 2025 · hace 1 año

El pliego limita el suministro a no más de tres días calendario desde la certificación del contrato y exige una carta de disponibilidad de bienes en existencia, marcada como no subsanable. El conjunto de condiciones favorece a oferentes con inventario disponible de inmediato y puede excluir ofertas por una omisión documental formal.

“La Convocatoria se hace sobre la base de un suministro para un período de no más de 3 días Calendario contados a partir de la certificación del contrato. … Carta compromiso de disponibilidad de bienes en existencia para ofertar, debidamente” (págs. 8-14)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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Otros documentos del proceso (19)

  • Solicitud de compras electrodomiesticos.pdfSolicitud de compra · 6 feb de 2025 · 1 señal
  • compromiso etico de proveedores.docxDocumento · 6 feb de 2025
  • Formulario etica actualizado.docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxPliego · 6 feb de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 6 feb de 2025
  • contrato-ejecucion-de-bienes-firma-digital.docxContrato · 6 feb de 2025
  • ACTA DE INICIO ELECTRODOMESTICOS.pdfActa · 7 feb de 2025
  • Certificado de Apropiacion de fondos.pdfPliego · 7 feb de 2025
  • COMPROMISO ETICO ELECTRODOMESTICOS.pdfDocumento · 7 feb de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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