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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

ADQUISICION COMBUSTIBLE MEDIANTE TARJETAS ELECTRONICAS RECARGABLES Y COMBUSTIBLE PARA PLANTA ELECTRICA · Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (CNZFE)

Publicado el 5 feb de 2025Fechado el 4 feb de 202543 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CNZFE-CCC-CP-2025-0001

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la comparación de precios CNZFE-CCC-CP-2025-0001 para contratar durante 12 meses combustible mediante tarjetas electrónicas y combustible para planta eléctrica, con valor referencial de RD$5,299,500. Distribuye el presupuesto estimado en RD$4,800,000 para tarjetas y RD$500,000 para la planta, y fija la recepción de ofertas para el 13 de febrero de 2025. Incluye requisitos de calificación, criterios de evaluación por ítem y condiciones contractuales.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.3 millones

Condiciones de crédito y experiencia pueden restringir la participación

Documento del 5 feb 2025 · hace 1 año

Para un servicio estimado en RD$5,299,500, se exige conceder crédito por unos 45 días hábiles y acreditar al menos dos referencias de emisión satisfactoria de tarjetas pospago en los años 2023 y 2024. Son condiciones que pueden reducir el número de proveedores elegibles; conviene verificar su proporcionalidad y relación con la ejecución prevista.

“Certificación en la que se haga constar que concede crédito a la institución por un plazo aproximado de 45 días hábiles a partir de la entrega satisfactoria del bien. Presentar al menos dos (2) constancias de instituciones (sector público y”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Garantía de fiel cumplimiento fijada en 1% para toda adjudicación

Documento del 5 feb 2025 · hace 1 año

El pliego fija una garantía del 1% sin limitarla a adjudicatarios MIPYMES, aunque el Reglamento establece como regla general el 4% y reserva el 1% para MIPYMES. La reducción de la cobertura prevista puede debilitar el respaldo financiero frente a incumplimientos; corresponde verificar cómo se aplicó a cada adjudicatario.

“En esos casos, corresponderá al adjudicatario(a) presentar en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles una garantía de tipo Póliza de Fianza o Garantía Bancaria, el equivalente será uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación y”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…

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A revisarHallazgo en documentos

Certificación de bomberos limitada a Santo Domingo

Documento del 5 feb 2025 · hace 1 año

El pliego exige una certificación de inspección del cuerpo de bomberos de Santo Domingo, mientras prevé el uso de estaciones del proveedor a nivel nacional. Esa exigencia territorial específica puede excluir estaciones o proveedores de otras jurisdicciones; corresponde comprobar su necesidad para el objeto y la forma de ejecución.

“Certificación de inspección realizada por el cuerpo de bomberos de Santo Domingo.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Otros documentos del proceso (30)

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  • ACTO DE APROBACION MAXIMA AUTORIDAD.pdfDocumento · 5 feb de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 5 feb de 2025 · 1 señal
  • ACTO DE APROBACION DE LAS BASES DE LA CONTRATACION.pdfDocumento · 5 feb de 2025
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 5 feb de 2025
  • INVITACION A PRESENTAR OFERTAS.pdfDocumento · 5 feb de 2025
  • cCOMPROMISO ETICO DE LAS INSTITUCIONES CONTRATANTES.pdfDocumento · 5 feb de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Formulario Compromiso Etico de Proveedores 2025.docx
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