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Pliego

07. Pliego de condiciones SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001.pdf

[PRESENTAR OFERTA SIN ITBIS] Contratación de servicios para renovación del acuerdo licenciamiento corporativo (Enterprise Agreement) de Microsoft Corporation para SB, por un periodo de tres (3) años. · Superintendencia de Bancos

Publicado el 31 ene de 202539 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para contratar por excepción de exclusividad la renovación, por tres años, del acuerdo de licenciamiento Enterprise Agreement de Microsoft; fija un presupuesto de RD$166,039,753.02 y adjudicación por menor precio para un único lote. El cronograma prevé recibir ofertas el 26 de febrero de 2025 y contiene fechas que no concuerdan con la adjudicación consignada en un acta posterior del proceso, fechada el 24 de marzo de 2025. También dispone la apertura y evaluación conjunta de las ofertas técnicas y económicas, y establece penalidades diarias para incumplimientos contractuales.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Penalidades diarias sin tope expreso

Documento del 31 ene 2025 · hace 1 año

El pliego establece penalidades de 1% diario por retraso en la entrega y de 2% diario si no se corrigen faltas tras el plazo adicional, sin consignar en estas cláusulas un límite acumulado. Por su posible crecimiento rápido en un contrato plurianual, conviene verificar cómo se aplicaría y si se precisará en el contrato.

“LA SB aplicará una penalidad equivalente a un por ciento (1%) del monto total del contrato pendiente de recepción por cada día o fracción de día en que LA ENTIDAD CONTRATADA incumpla con el plazo establecido para la entrega de los servicios”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Las fechas del cronograma no coinciden con la adjudicación registrada

Documento del 31 ene 2025 · hace 1 año

El pliego programa la ponderación de subsanaciones para el 26 de marzo, la recomendación final para el 8 de abril y la adjudicación para el 15 de abril. Sin embargo, el resumen del acta de adjudicación indica que fue emitida el 24 de marzo; esa fecha antecede a las etapas que el propio pliego ubicaba antes de adjudicar y amerita verificar el cronograma vigente y la secuencia efectiva del expediente.

“Ponderación y Evaluación de Subsanaciones Miércoles 26 de marzo del 2025 a las 05:00 p.m. Evaluación final y recomendación de adjudicación Hasta el martes 08 de abril del 2025 a las 05:00 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 61 · Reglamento 416-23, art. 124 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 61 — Actuaciones del ciclo de procedimiento de contratación

Artículo 61. Actuaciones del ciclo de procedimiento de contratación. Serán consideradas actuaciones obligatorias propias del procedimiento de contratación las siguientes fases: 1. La planificación de las contrataciones. 2. La preparación de las contrataciones. 3. La convocatoria al procedimiento de contratación. 4. Las aclaraciones y respuestas a los oferentes, así como posibles adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. 5. Las presentación, apertura y evaluación de ofertas. 6. La adjudicación. 7. El perfeccionamiento del contrato u orden de compra o de servicio. 8. La administración, gestión y liquidación del contrato u orden de compra o de servicio. Párrafo. En las compras y…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas

Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…

A revisarHallazgo en documentos

Cronograma de evaluación contradice la secuencia de etapas

Documento del 31 ene 2025 · hace 1 año

El cronograma prevé la apertura y evaluación conjunta de las ofertas A y B el 26 de febrero. Esto contrasta con la regla del Reglamento 416-23 de abrir las ofertas económicas solo después de concluir la evaluación técnica y notificar sus resultados; el propio pliego también dice que se tomarán medidas para no ponderar las ofertas económicas antes de ese momento.

“Apertura, verificación, validación y evaluación conjunta y sumaria de las ofertas técnicas y económicas “Sobre A” y “Sobre B” y homologación-evaluación de muestras, si procede. El miercoles 26 de febrero del 2025 a las 09:02 a.m. en la Sede”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas

Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…

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Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción

Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…

A revisarHallazgo en documentos

No se fija un mínimo para la alternativa de línea de crédito

Documento del 31 ene 2025 · hace 1 año

El pliego permite que los peritos evalúen cartas bancarias cuando el índice de solvencia no alcance el mínimo, pero en esa alternativa no especifica qué monto de crédito o disponibilidad sería suficiente respecto del contrato. La falta de un umbral explícito puede dejar margen de valoración en un criterio presentado como cumple/no cumple.

“Nota: En el caso de que estos índices no alcancen el límite mínimo establecido, los peritos evaluarán la carta bancaria que indique que el oferente posee una o varias líneas de crédito y/o disponibilidad.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (24)

  • 06. Especificaciones T Licenciamiento Microsoft.pdfPliego · 31 ene de 2025 · 2 señales
  • 05. Informe justificativo uso excepción y estudios previos.pdfInforme justificativo · 31 ene de 2025 · 1 señal
  • 03. Certificado de Apropiación.pdfCertificación de fondos · 31 ene de 2025 · 1 señal
  • 02. Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 31 ene de 2025
  • 04. Convocatoria.pdfDocumento · 31 ene de 2025
  • 08. Acta de inicio procdimiento SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001.pdfPliego · 31 ene de 2025
  • 08. Acta de inicio procdimiento SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001.pdfActa · 31 ene de 2025 · 1 señal
  • 06.1 Formularios.zipDocumento · 31 ene de 2025
  • 12. Circular Respuestas núm. 001 SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001.pdfEnmienda · 12 feb de 2025 · 1 señal
  • 13. Enmienda Núm. 001 SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001.pdfEnmienda · 12 feb de 2025
  • 15. Circular Respuestas núm. 002 SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001 2.pdf

Sigue explorando · Dinero público

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación

Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Circular · 18 feb de 2025 · 1 señal
  • 24. Acto administrativo de adjudicación.pdfActa de adjudicación · 27 mar de 2025
  • 24. Acto administrativo de adjudicación.pdfActa de adjudicación · 4 abr de 2025 · 1 señal
  • 19. Informe preliminar SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001.pdfInforme de evaluación · —
  • 20. Acto notarial apertura A y B.pdfDocumento · —
  • 22. Informe Final Evaluación Técnica y Económica SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001.pdfInforme de evaluación · —
  • 23. Estudio Precios SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0001.pdfDocumento · —
  • 24. Acto administrativo de adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • 25. Certificación de cuota comprometer.pdfCertificación de fondos · —
  • 28. Garantia fiel cumplimiento.pdfDocumento · —
  • 29. Contrato A GBM.pdfContrato · —
  • 30. Orden compras GBM.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —