El acta de 29 de enero de 2025 aprueba la Enmienda No. 003-2025 al pliego de la licitación CAASD-CCC-LPN-2024-0015. Para los lotes IV y V incorpora cuadros de evaluación sobre experiencia del oferente y del personal propuesto, y deja sin aplicación en esos lotes la certificación de fabricante para el técnico instalador de tuberías Lock-Seam; los demás lotes conservan la metodología anterior.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda limita la experiencia puntuable a obras de agua potable, alcantarillado o cañadas no residenciales y exige presentarla con fotos, contratos y facturas o cubicaciones. Aunque el objeto general es de saneamiento, la combinación de categorías y documentos requeridos merece revisión para determinar si es proporcional y si restringe innecesariamente la cantidad de oferentes capaces de acreditar experiencia pertinente.
“LA EXPERIENCIA DEBERÁ SER PRESENTADA CON FOTOS, CONTRATOS Y FACTURAS/CUBICACIÓN, DEBEN SER ESPECIFICAMENTE DE OBRAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO O CAÑADA (NO RESIDENCIALES).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina para esos lotes la verificación mediante certificación del fabricante de la formación o autorización del instalador..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Pliego de condiciones, lotes IV y VRequisito de técnico instalador de tubería Lock-Seam
Se exigía un técnico instalador de tuberías galvanizadas Lock-Seam con certificación emitida por el fabricante.
El requisito de ese técnico y su certificación no aplica a los lotes IV y V.
RelajaQuita un control: Se elimina para esos lotes la verificación mediante certificación del fabricante de la formación o autorización del instalador.
Pliego de condiciones, lotes IV y VCuadros de evaluación de experiencia del oferente y del personal
El acta indica que se agrega un nuevo cuadro válido para estos lotes; no reproduce los criterios anteriores específicos.
La experiencia del oferente se puntúa hasta 30 puntos y exige certificaciones de obras de agua potable, alcantarillado o cañadas no residenciales, acompañadas de fotos, contratos y facturas o cubicaciones. El personal propuesto se evalúa hasta 20 puntos con escalas de experiencia y formación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona