El Acta núm. 86-2024, de fecha 2024-12-10, aprueba la evaluación económica y adjudica el Lote I al Consorcio Coemsa2 por RD$45,202,627.10 y el Lote III al Consorcio Provectus por RD$44,302,002.42. Declara desierto el Lote II, de áreas verdes y arborización, y ordena relanzarlo. En el Lote I, el acta registra que Coemsa2 fue la única oferta habilitada; en el Lote III, Provectus presentó la oferta habilitada de menor precio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La evaluación individual de Ena marca «No Cumple» en el criterio de ser la oferta de menor precio, pero su resultado indica que está siendo considerada para la adjudicación. El reporte consolidado la ubica en segundo lugar y el acta adjudica a Provectus; la discordancia no cambió la adjudicación consignada, pero conviene aclarar el resultado individual para mantener trazable la aplicación del criterio.
“Ser la oferta de menor precio del lote ofertado. | No Cumple. Resultado de la evaluación: Ena Ingeniería y Materiales, S.R.L, está siendo considerado para la adjudicación.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta adjudica el Lote I a Coemsa2 por RD$45,202,627.10 y consigna que fue la única oferta habilitada; Metro Eléctrica había ofertado RD$35,831,454.09, una diferencia de RD$9,371,173.01 (aprox. 26.1%). La descalificación de la oferta menor por la garantía ya está identificada en otros documentos; este acta permite comprobar el efecto económico de esa decisión. Además, según los datos registrales aportados, Coemsa2 figura inscrito en el RPE el 2024-11-18, después de la convocatoria, por lo que conviene verificar la solicitud de inscripción presentada con la oferta.
“la oferta presentada por el oferente Consorcio Coemsa2 (Lote I) cumple con los requerimientos establecidos en el pliego condiciones específicas y se trata de la única oferta habilitada para el Lote I;”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Consorcio Coemsa2Adjudicado para el Lote I; cumplió los requerimientos y fue la única oferta habilitada para ese lote.
Adjudicado
Lote I
RD$45,202,627
Consorcio ProvectusAdjudicado para el Lote III por presentar la oferta habilitada de menor precio.
Adjudicado
Lote III
RD$44,302,002
Metro Eléctrica, S.R.L.La garantía de seriedad no incluía las condiciones de incondicional, irrevocable y renovable.
Descalificado
Lote I
RD$35,831,454
Camilo J. Hurtado C. Ingenieros Asociados, S.R.L.Para el Lote III, la garantía de seriedad no incluía las condiciones de incondicional, irrevocable y renovable. Su oferta económica del Lote II fue ordenada a devolver tras el acta de habilitación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Consorcio Cobapex IngenieríaEl acta ordenó devolver sus ofertas económicas para los tres lotes.
No habilitado
Lotes I, II y III
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Inconrod, S.R.L.El acta ordenó devolver su oferta económica; no quedó habilitada para la apertura del Sobre B.
No habilitado
Lote II
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Servicios Verdes Especializados, S.R.L.El acta ordenó devolver su oferta económica; el Lote II fue declarado desierto por incumplimiento de requisitos técnicos.