Plazo para presentar la garantía de fiel cumplimiento inferior al mínimo
· hace 1 año
El cronograma fija el 24 de marzo como fecha límite para constituir la garantía, aunque programa la notificación de adjudicación para el 19 de marzo. Entre ambas fechas hay tres días hábiles; el Reglamento establece cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
“Notificación de adjudicación (artículo 134 Reglamento núm. 416-23) | Miércoles 19 de marzo del 2025 Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato | Lunes 24 de marzo del 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
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