La Resolución núm. 304-2024, de fecha 2024-12-10, aprueba iniciar por exclusividad la contratación del soporte y mantenimiento de la plataforma LTE, aprueba los términos de referencia, designa peritos y ordena continuar con la convocatoria. Consigna una certificación de fondos por RD$7,887,795.75; el portal registra que el proceso terminó desierto y una oferta de Telrad Networks, LTD como pendiente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución afirma que por RD$7,887,795.75 correspondía una comparación de precios. Para servicios convocados en 2024, el umbral ordinario de licitación pública empezaba en RD$5,958,474.82 y el máximo de comparación de precios era RD$5,362,627.33. La excepción por exclusividad se aprueba por separado, pero conviene verificar la determinación del umbral consignada en el acta.
“Que, acorde a la Tabla de Umbrales de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), emitida mediante Resolución Núm. PNP-01-2024, de fccha 2 de enero de 2024, la modalidad de selección que sería aplicable a este proceso de una COM”
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Reglamento 416-23, artículo 39 — De la licitación pública
Artículo 39. De la licitación pública. En este procedimiento se realiza un llamado público y abierto para adquirir bienes, servicios y obras cuyo presupuesto estimado de contratación corresponde al umbral superior fijado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las licitaciones públicas pueden ser nacionales o internacionales, según las condiciones establecidas en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
El portal registra una única oferta, de Telrad Networks, LTD, por RD$4,306,250, y el proceso figura desierto. La resolución anuncia que el proceso se publicaría para que cualquier interesado que cumpliese las condiciones pudiera ofertar; el resultado registrado amerita verificar el alcance efectivo de la concurrencia, aunque la modalidad contempla proveedores limitados y no hubo adjudicación registrada.
“En virtud de ello, se estará publicando el presente proceso, a fin de que cualquier interesado que posea las condiciones requeridas tome conocimiento y pueda presentar su oferta.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona