La Comisión Nacional de Energía emitió en diciembre de 2024 la Primera Enmienda al pliego del proceso CNE-CCC-LPN-2024-0002, incorporando cambios al alcance de migración y al portal de solicitudes, y redefiniendo la integración con inteligencia artificial como valor agregado. La enmienda estima 27 licencias para los roles detallados y solicita otras 60 para gestión y aprobación de suministros; también modifica el criterio de compatibilidad tecnológica. El texto la declara parte integral y obligatoria del pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La introducción denomina el procedimiento «proceso de excepción por urgencia», aunque el encabezado lo identifica como Licitación Pública Nacional y el portal lo registra como proceso ordinario. La discordancia merece comprobarse frente al expediente; podría ser una referencia de plantilla, pues la enmienda no establece por sí sola que se haya cambiado la modalidad.
“PRIMERA ENMIENDA AL PLIEGO DE CONDICIONES DEL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE PLANIFICACIÓN DE RECURSOS EMPRESARIALES (ERP), Y SOLUCIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE FACTURACIÓN ELECT”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 37 · Reglamento 416-23, art. 53 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios
Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.
Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia
Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…
Pliego, Lote I, alcance del servicio, numeral 9Migración de datos
La redacción anterior del numeral no se reproduce en esta enmienda.
Exige migrar datos del sistema actual al nuevo, incluyendo datos de materiales y proyectos.
Aclara
Pliego, Lote I, alcance del servicio, numeral 14Portal para solicitudes de materiales
La redacción anterior del numeral no se reproduce en esta enmienda.
Prevé un módulo o portal para solicitar materiales gastables, gestionar aprobaciones y consultar montos presupuestarios disponibles según el consumo de partidas del POA.
Aclara
Pliego, objetivos, numeral 20Integración con inteligencia artificial
Los antecedentes del proceso describen una exigencia de integración con inteligencia artificial; la redacción previa exacta no consta aquí.
La solución debe permitir la integración con inteligencia artificial, presentada como valor agregado.
Relaja
Especificaciones técnicas, estimación de usuariosCantidad de licencias y roles
La cantidad anterior de licencias no se reproduce en esta enmienda.
Estima 27 licencias en la tabla de roles y solicita adicionalmente 60 licencias para gestión y aprobación de suministros.
Neutral
Especificaciones técnicas, criterios de selecciónIntegración y compatibilidad
El criterio anterior no se reproduce en esta enmienda.
Exige compatibilidad e integración con sistemas y plataformas pertinentes, y admite soluciones Cloud, OnPremise o Híbrida que sean compatibles y adaptables.
Aclara
Especificaciones técnicas, estimación de usuariosReserva de variación de licencias y alcance
La condición anterior sobre variación no se reproduce en esta enmienda.
La institución se reserva variar hasta un 30% el número de licencias y el alcance de los servicios, según necesidades y disponibilidad presupuestaria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona