El pliego establece una comparación de precios para servicios de alquiler y decoración, en lote único, con presupuesto base de RD$5,300,000.00, convocada el 30 de diciembre de 2024. Fija una evaluación técnica de cumple/no cumple, una inspección de los almacenes y adjudicación por lote completo según la plantilla de precios y el menor precio. También programa para el 28 de marzo de 2025 la publicación del contrato previsto para suscribirse el 28 de febrero de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige condiciones constructivas y sanitarias específicas para el local y que el título o contrato de alquiler esté registrado en el Banco Agrícola al menos un mes antes de la oferta. No explica la vinculación de ese registro con la ejecución del servicio; el conjunto de condiciones puede limitar la participación de proveedores con instalaciones aptas que no satisfagan esos requisitos formales.
“El local debe estar cerrado y techado (no al aire libre). El local debe estar construido en block o en material de superior calidad … 3.- Copia de Título de propiedad o de contrato de alquiler del inmueble u otra forma de posesión legal”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El cronograma prevé suscribir el contrato el 28 de febrero de 2025 y publicarlo el 28 de marzo de 2025. El Reglamento 416-23 establece que el contrato debe difundirse en el SECP y el portal institucional dentro de los cinco días hábiles siguientes a su perfeccionamiento; el plazo indicado en el pliego excede ese límite.
“Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de servicios | 28 de febrero del 2025 | 18. Publicación del (los) contrato(s) en los portales: institucional y del SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS (SECP”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
El pliego dispone que se descalificará una oferta por un rango porcentual menor al 15% respecto del presupuesto base, sin precisar con claridad cómo se calcula ese rango. Aunque también prevé solicitar explicación y analizar la sustentabilidad de ofertas bajas, la redacción puede entenderse como una descalificación automática por superar el umbral.
“En este caso, será descalificada la oferta que presente un rango porcentual menor al quince por ciento (15%) en relación con el presupuesto base informado en este proceso.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Alegre Eventos, SRLEl acta de adjudicación del proceso consignada entre los documentos relacionados la adjudica por RD$5,300,000. El portal registra un contrato por RD$5,299,999.
Adjudicado
Lote único; ítems 1 y 2
RD$5,300,000
Actividades Caoma, SRLEl acta de adjudicación consignada entre los documentos relacionados indica que declinó su oferta por errores en la planilla de precios.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona