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Abriendo la ficha…

Enmienda

2da. Enmienda.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CATERING PARA LAS ACTIVIDADES DE LA SEDE CENTRAL, CENTROS CAIPI Y CAFI DEL INAIPI - DIRIGIDO A MIPYME · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 27 dic de 2024Fechado el 25 dic de 202419 páginasEn el mensaje «2da. Enmienda»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-CCC-CP-2024-0057

Lo que dice

La segunda circular de enmienda, cerrada el 2024-12-26, modifica las especificaciones técnicas y varios numerales del pliego del proceso de catering INAIPI-CCC-CP-2024-0057, dirigido a MIPYMES y dividido en dos lotes de RD$2,681,000.00 cada uno. Entre los cambios expresos, exige cinco variedades de bocadillos en la degustación y declara no subsanables las fotografías del espacio de cocina y almacenaje. También incorpora condiciones de evaluación, una garantía de seriedad con dos vigencias incompatibles y una cláusula de ajuste vinculada al tipo de cambio.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Crédito mínimo de 45 días como requisito financiero no subsanable

Documento del 27 dic 2024 · hace 1 año

Se exige una carta de compromiso de ofrecer crédito por al menos 45 días y se califica como no subsanable. En un proceso reservado a MIPYMES, esta condición puede elevar la capacidad de financiamiento necesaria para participar; conviene verificar su justificación y proporcionalidad respecto del objeto y las condiciones de pago.

““Carta de compromiso de ofrecer crédito de 45 días mínimo para el pago de sus servicios mediante carta firmada y sellada por la empresa oferente. NO Subsanable.””
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

Vigencias incompatibles para la garantía de seriedad

Documento del 27 dic 2024 · hace 1 año

La circular exige que la garantía esté vigente por 18 meses desde la apertura, pero también establece una vigencia ligada al mantenimiento de la oferta, del 9 de enero al 20 de marzo de 2025. La contradicción puede generar costos y criterios distintos para verificar la garantía.

““deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente por dieciocho (18) meses a partir de la fecha de apertura de la oferta técnica Sobre A” … “Con una vigencia de acuerdo con lo establecido en el numeral C) Plazo man”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

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Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

A revisarHallazgo en documentos

La escala de inspección no permite alcanzar el puntaje máximo anunciado

Documento del 27 dic 2024 · hace 1 año

El cuadro asigna hasta 1.5 puntos a varios criterios, pero la escala correspondiente identifica 1 como máximo. Aplicada literalmente, la puntuación máxima de inspección sería 8.5 en vez de los 10 puntos anunciados, por lo que conviene verificar cómo se aplicó la ponderación a las ofertas.

““TOTAL: 10 PUNTOS” … “PUNTAJE 1.5 O = Deficiente 0.75 = Aceptable 1 = Excelente””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

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A revisarHallazgo en documentos

Documentación de elegibilidad evaluada por puntaje sin mínimo separado indicado

Documento del 27 dic 2024 · hace 1 año

La circular dice que la documentación legal valida la elegibilidad y que se evalúa únicamente por puntaje, con 15 puntos en total; fija un umbral general de 75 puntos, pero no indica un mínimo específico para la elegibilidad. Conviene comprobar que la puntuación no permita habilitar una oferta que no satisfaga un requisito legal de elegibilidad.

““La documentación legal debe permitir validar la elegibilidad del oferente/proponente” … “Esta documentación solo podrá ser evaluada bajo la metodología PUNTAJE.””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

ContextoHallazgo en documentos

Ajuste del precio por variación cambiaria con alcance a precisar

Documento del 27 dic 2024 · hace 1 año

Aunque la oferta debe expresarse en pesos dominicanos, la circular permite considerar ajustes cuando la variación del dólar supere el 5%, sin precisar qué componentes del servicio están expuestos a esa variación ni cómo se determinará si el ajuste será igual o menor. Conviene verificar cómo se aplicaría esta cláusula y su efecto sobre el precio adjudicado.

““el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia INAIPI podrá considerar eventuales ajustes, una vez que las variaciones registradas sobrepasen el cinco por ciento (5%) con relación al precio adjudicado o de última aplicaci”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 179 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 179 — Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios

Artículo 179. Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios. Los contratos y las órdenes de compra o de servicio podrán ser modificados de manera unilateral, como ejercicio de la facultad prevista en la ley, o por mutuo acuerdo y por las causas previamente establecidas en el pliego de condiciones. en ambos casos, siempre y cuando se mantenga el objeto de la contratación, se trate de circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el procedimiento de selección y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés general. Párrafo. Para las causas previstas en el pliego de condiciones se deberá establecer de manera detallada, clara,…

Cambios que introduce (2)

SecciónAntesDespuésEfecto
Numeral 11.1.2, documentación técnicaSubsanabilidad de las fotografías de cocina y almacenajeEl texto anterior reproducido en la circular las señalaba como subsanables.La tabla de evaluación las califica como no subsanables.Endurece
DegustaciónCantidad de variedades de bocadillosSe exigía llevar variedades de bocadillos fríos y/o calientes, sin cantidad indicada.Se exigen cinco variedades de bocadillos fríos y/o calientes.Endurece

Otros documentos del proceso (30)

  • Acta designacion de peritos.pdfInforme pericial · 17 dic de 2024 · 1 señal
  • Compromiso etico.pdfDocumento · 17 dic de 2024
  • contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 17 dic de 2024
  • contrato-ejecucioon-de-servicios-firma-digital.docxContrato · 17 dic de 2024
  • Dictamen Juridico.pdfDictamen · 17 dic de 2024
  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 17 dic de 2024
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 17 dic de 2024
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 17 dic de 2024
  • Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 17 dic de 2024
  • Acta de inicio de procedimiento.pdfPliego · 17 dic de 2024 · 1 señal
  • PLIEGO DE CONDICIONES.pdfPliego · 17 dic de 2024 · 1 señal
  • FICHA TECNICA.pdf

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Pliego · 19 dic de 2024 · 1 señal
  • enmienda cp-2024-0057.pdfEnmienda · 26 dic de 2024 · 1 señal
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  • ADENDA A FUEGO LENTO SRL.pdfEnmienda · —
  • Certificado de cuota a comprometer-A fuego lento SRL.pdfDocumento · —
  • Certificado de cuota a comprometer - PA Catering.pdfDocumento · —
  • CONTRATO A FUEGO LENTO (CP-2024-0057).pdfContrato · —
  • CONTRATO P.A. CATERING (CP-2024-0057).pdfContrato · —
  • Informe económico Catering.pdfDocumento · —
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  • Informe final del portalDocumento · —