La circular, aprobada en sesión del 26 de diciembre de 2024, modifica el pliego del proceso de subasta inversa electrónica para el suministro de alimentos en la zona metropolitana y fija un lote único con presupuesto estimado de RD$58,333,935.89. Actualiza los requisitos documentales y técnicos, la evaluación cumple/no cumple, las reglas de puja y adjudicación, y el horario de recepción de entregas. No adjudica ni identifica oferentes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular permite considerar la descalificación cuando el oferente reduzca su precio inicial en más de 20%, pero el artículo 130 del Reglamento 416-23 requiere que el pliego establezca criterios y un porcentaje de diferencia respecto del presupuesto base publicado. El umbral relativo al precio inicial no equivale al parámetro previsto en ese artículo y puede afectar la evaluación económica.
“Una propuesta económica podrá descalificarse bajo la condición expuesta, si durante la puja electrónica, el proveedor habilitado reduce su oferta económica inicial en un porcentaje superior aun200/0.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
La circular exige ofrecer al menos 45 días de crédito y califica la carta como no subsanable. La condición incide en la capacidad financiera necesaria para participar y merece revisión de proporcionalidad respecto del objeto y de las condiciones de pago del proceso.
“Ofrecer crédito de 45 días mínimo para el pago de sus servicios mediante carta firmada y sellada por la empresa oferente, (No Subsanable).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Sección I: Informaciones particularesLote y presupuesto estimado
El texto sustituido no se reproduce en la circular.
Se describe un lote único de alimentos y bebidas para la zona metropolitana, con precio total estimado de RD$58,333,935.89.
Aclara
Numeral 11.1: Oferta técnicaRequisitos de calificación y documentos técnicos
El texto sustituido no se reproduce en la circular.
Se detallan documentos legales y financieros, catálogo con fichas e imágenes reales, registros sanitarios, medios de transporte, infraestructura, licencia sanitaria, dos contratos similares, autorización de visitas y crédito mínimo de 45 días.
Endurece
Numeral 11.1: RPE y ubicaciónCorrespondencia de domicilio y almacén con la zona del lote
El texto sustituido no se reproduce en la circular.
Se exige que el domicilio inscrito en el RPE y el almacén propuesto correspondan a la zona geográfica del lote, sujeto a validación mediante visita.
Endurece
Numeral 12.1.3: Evaluación técnicaMetodología de evaluación
El texto sustituido no se reproduce en la circular.
La documentación técnica se evalúa mediante metodología cumple/no cumple; solo los oferentes habilitados pasan a la evaluación económica.
Aclara
Numeral 1.5: Cronograma de entregasElaboración y comunicación de cronogramas
El texto sustituido no se reproduce en la circular.
El Almacén elaborará para cada suplidor rutas y cronogramas con fechas, cantidades y centros de entrega, que comunicará oficialmente.
Aclara
Numerales 6 y 9: Puja y adjudicaciónRegla de adjudicación y reducción de precio
El texto sustituido no se reproduce en la circular.
Se prevé adjudicar al oferente técnicamente conforme con el menor precio de la puja; si no hay lances, puede considerarse el precio inicial más bajo. Se incorpora un umbral de reducción superior al 20% para solicitar explicación y considerar la descalificación.
Endurece
Sección IIIHorario de recepción de entregas
El texto sustituido no se reproduce en la circular.
Se limita la recepción de alimentos al horario laborable de lunes a viernes, de 08:00 a. m. a 05:00 p. m.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona