El Acta Administrativa núm. CCC-2024-0009, de 2024-12-18, aprueba el informe definitivo de evaluación económica y adjudica los seis lotes del proceso AH-CCC-CP-2024-0005 a seis oferentes por un total de RD$8,138,599.19. La decisión recoge que los oferentes adjudicados cumplieron las condiciones técnicas y económicas y ordena publicar el acta en el portal de contrataciones y en la página web municipal.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna adjudicaciones por montos positivos, mientras que el registro de ofertas proporcionado del portal muestra RD$0 y estado «Cargada / Pendiente» para los seis participantes. Aunque el portal señala que el proceso fue adjudicado y celebrado y el desfase podría deberse a datos atrasados o incompletos, conviene reconciliar los registros para asegurar la trazabilidad pública de las ofertas y resultados.
“SEGUNDO: ACOGE la recomendación de adjudicación propuesta por los peritos designados, en tal sentido adjudica el proceso de comparación para la Construcción de badenes y drenaje pluvial, a realizarse en diferentes partes de esta ciudad de H”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 134 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 134 — Notificación de la adjudicación
Artículo 134. Notificación de la adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financieras, según corresponda, ordenará la notificación del acta de adjudicación, la cual deberá notificarse en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, con los resultados de la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, a todos los participantes y con ello la solicitud de presentación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato al adjudicatario. Párrafo. Las instituciones contratantes deberán publicar en el plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, en el SECP y en el portal web de la institución, los resultados de sus procesos de compra o contratación.
El acta adjudica obras de construcción a YA-FED Multiservicios y Wrola Group. Según los datos del RPE y la DGII consultados en 2026, sus rubros actuales no incluyen Obras y las actividades económicas registradas no describen claramente construcción civil; esto amerita verificar la capacidad y clasificación que tenían al ofertar en 2024, sin que los datos actuales prueben cuál era su situación entonces.
“Lote 2 a la empresa YA-FED Multiservicios por un monto total de un millón sesenta y ocho mil trescientos cinco pesos dominicanos con 88/100 (RD$ 1,068,305.88); ... Lote 6 a la empresa Wrola Group SRL por un monto total de dos millones noven”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona