El Acta de Adjudicación núm. 13-2024, de 2024-12-27, adjudica parcialmente a Viamar, S. A. un camión volteo Forland de 3 m³ y uno JAC de 4.8 m³, por un total declarado de RD$4,451,780.01. Registra ofertas de Magna Motors, S. A. por RD$7,812,000 y de Viamar por RD$8,598,360.01; el portal registra para Viamar un contrato de RD$4,451,780.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (18 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los dos montos adjudicados consignados en el acta suman RD$4,453,780.01, pero el total que declara el acta es RD$4,451,780.01, una diferencia de RD$2,000. El portal registra un contrato por RD$4,451,780, coincidente con el total declarado, por lo que corresponde verificar cuál precio por vehículo fue formalizado.
“VIAMAR, S. A, fue adjudicado un camión volteo forland, 3metros cúbicos del año 2025, por un monto de dos millones setenta y cinco mil trescientos noventa con cero centavos (RD$2,075,390.00) y un camión volteo JAC de 4.8 metros cúbicos…” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta adjudica el camión de 3 m³ por RD$2,075,390, frente al estimado unitario de RD$1,341,390 publicado en el portal, una diferencia de RD$734,000. El valor adjudicado se encuentra dentro del rango central de referencias de otros procesos informado, por lo que la diferencia con el estimado merece verificación, pero no prueba por sí sola un precio fuera de mercado.
“VIAMAR, S. A, fue adjudicado un camión volteo forland, 3metros cúbicos del año 2025, por un monto de dos millones setenta y cinco mil trescientos noventa con cero centavos (RD$2,075,390.00)” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El acta consigna una oferta de Viamar de RD$8,598,360.01, mientras que el portal registra RD$8,598,560, diferencia de RD$199.99. La discrepancia no altera el monto adjudicado parcial registrado, pero conviene cotejar el documento de oferta económica y el expediente electrónico.
“QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA PESOS CON UN CENTAVOS (RD$8,598,360.01)” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 33 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
Oferentes que registra (2)
1 mencionado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Magna Motors, S. A.Presentó una cotización por RD$7,812,000; el acta adjudica parcialmente a Viamar y no indica expresamente el estado de habilitación de Magna Motors.
Mencionado
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RD$7,812,000
Viamar, S. A.Adjudicación parcial de un camión volteo Forland de 3 m³ y un camión volteo JAC de 4.8 m³.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona