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Abriendo la ficha…

Pliego

ANEXO 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICA FICHA TECNICA.pdf

Servicios para Desarrollo de Sistema · Superintendencia de Electricidad

Publicado el 17 dic de 2024Fechado el 5 dic de 202421 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SIE-CCC-LPN-2024-0012

Lo que dice

El documento presenta los términos de referencia para contratar por seis meses servicios de desarrollo de software destinados a tres proyectos de la Superintendencia de Electricidad: reglamentos técnicos de calidad del servicio eléctrico, automatización de servicios y gestión de trámites. La ficha está fechada el 3 de diciembre de 2024 y consigna al pie el 6 de diciembre de 2024; establece una evaluación técnica mixta, exige un equipo mínimo de nueve perfiles y prevé pagos por entregables que suman 100%.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Umbrales de experiencia y formación que pueden restringir la concurrencia

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

Para un servicio de seis meses, la ficha fija mínimos elevados para perfiles clave —incluidos doce años de experiencia general para gerente y arquitecto y maestría para el gerente—, además de exigir a la empresa más de cinco años en el mercado y proyectos similares o mayores. Puede reducir el universo de oferentes; conviene verificar su proporcionalidad frente al objeto y complejidad del servicio.

“4. Experiencia mínima genera! profesional de doce (12) años … 3. Título universitario de maestría en Gestión de Proyectos, que esté debidamente acreditado por una universidad nacional o extranjera”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Acuerdo de no competencia exigido al equipo consultor

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

La ficha exige que los consultores firmen un acuerdo de no competencia con la SIE, pero no delimita alcance ni duración. La condición puede restringir la disponibilidad de profesionales para los oferentes y merece revisión por su efecto sobre la participación y la competencia.

“El equipo de consultores debe de firmar acuerdo de confidencialidad y no competencia con la SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

Reserva amplia para descartar ofertas por incumplimientos

Documento del 17 dic 2024 · hace 1 año

La ficha permite desestimar una oferta y detener su evaluación por el incumplimiento de cualquiera de sus puntos, aunque también define una metodología mixta con criterios puntuables. La amplitud de la cláusula puede volver incierto cuáles requisitos son excluyentes y cuáles se valoran mediante puntuación.

“En caso de no cumplimiento de alguno de los puntos detallados en estos términos de referencia, la SIE se reserva el derecho de desestimar la oferta y no continuar con su evaluación.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

Otros documentos del proceso (20)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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