El acta aprueba el informe económico y adjudica a Sketchprom, SRL la contratación de salones, catering y hospedaje para el V Congreso Caribeño de Investigación Educativa 2025 por RD$8,249,203.00. La oferta habilitada de Agencia de Viajes Milena Tours, SRL figura en la tabla por RD$8,397,836.60. La resolución está fechada el 18 de diciembre de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución ordena una garantía del 1% del contrato. El Reglamento establece como regla general un 4% y prevé el 1% para MIPYMES; el dato aportado sobre la condición MIPYME de Sketchprom corresponde a una consulta de 2026, por lo que debe verificarse su condición al momento de la adjudicación.
“Dicha garantía o fianza deberá ser por el importe del UNO POR CIENTO (1 %) del monto total del Contrato a intervenir.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…
El portal registra la convocatoria el 06/11/2024 y el acta identifica el 27/11/2024 como fecha de recepción y apertura de ofertas: el intervalo es inferior a los 30 días hábiles previstos para una licitación pública nacional. Conviene verificar el cronograma oficial y las fechas efectivas de publicación y recepción.
“El Acta de Recepción del sobre A y B y la apertura del sobre A, de fecha veintisiete (27) de noviembre del año 2024”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 18 · Reglamento 416-23, art. 96 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 18
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
Reglamento 416-23, artículo 96 — Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales
Artículo 96. Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas nacionales deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse en un mínimo de dos (2) periódicos de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos. 3. Publicarse con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de oferta.
En la misma oración, el monto escrito en letras y la tabla de Milena Tours indican RD$8,397,836.60, pero el monto entre paréntesis repite RD$8,249,203.00, que es el de Sketchprom. La tabla y el dato del portal permiten identificar una probable transcripción, pero la discrepancia en el acta merece cotejo con la oferta económica original.
“por un monto de OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS DOMINICANOS CON 60/100 (RD$ 8,249,203.00).”
El documento identifica y evalúa ofertas de dos empresas, pero también afirma que la Comisión analizó «la única oferta presentada». La contradicción puede ser una fórmula o error de redacción, aunque conviene confirmar que el expediente y el informe económico registren correctamente la competencia del proceso.
“Que este Comité de Compras y Contrataciones ha entregado los expedientes a la Comisión Evaluadora designada para el análisis de la única oferta presentada.”
Sketchprom, SRLEl acta indica que cumplió los criterios de elegibilidad, capacidad técnica y evaluación económica, y lo adjudica por ofrecer el menor precio.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona