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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 350-26

que designa a los señores Robert Ramón Arias Fernández, Juan Mercedes Mateo Guerrero y María Luisa Ubiera Zorrilla, cónsules generales de nuestro país en Santiago, República de Chile, en Providence, Rhode Island y Raleigh, Carolina del Norte, Estados Unidos de América, respectivamente. Deroga el artículo 2 del Decreto núm. 334-25. G. O. núm. 11244 del 3 de junio de 2026

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 jun de 2026fecha
Designacióntipo
G. O. 11244Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Robert Ramón Arias FernándezDesignacióncónsul general de República Dominicana en Santiago, República de Chile, con jurisdicción en todo el territorio nacional
Juan Mercedes Mateo GuerreroDesignacióncónsul general de República Dominicana en Providence, Rhode Island, Estados Unidos de América
María Luisa Ubiera ZorrillaDeja sin efecto su designaciónembajadora en el servicio internoMinisterio de Relaciones Exteriores (MIREX)
María Luisa Ubiera ZorrillaDesignacióncónsul general de República Dominicana en Raleigh, Carolina del Norte, Estados Unidos de América

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Robert Ramón Arias Fernández · cónsul general de República Dominicana en Santiago, República de Chile, con jurisdicción en todo el territorio nacional

    Declaración jurada: Sin declaración registrada · plazo hasta el 1 jul de 2026 · Declaraciones pendientes Coincidencia 99.7 %

  • Juan Mercedes Mateo Guerrero · cónsul general de República Dominicana en Providence, Rhode Island, Estados Unidos de América

    Declaración jurada: Sin declaración registrada · plazo hasta el 1 jul de 2026 · Declaraciones pendientes Coincidencia 99.7 %

    Otros 2 decretos con este nombre →

  • María Luisa Ubiera Zorrilla · cónsul general de República Dominicana en Raleigh, Carolina del Norte, Estados Unidos de América

    Declaración jurada: Presentada a tiempo · plazo hasta el 1 jul de 2026 · presentada el 27 ago de 2025 Coincidencia 99.7 %

    Otros 2 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 350-26 que designa a los señores Robert Ramón Arias Fernández, Juan Mercedes Mateo Guerrero y María Luisa Ubiera Zorrilla, cónsules generales de nuestro país en Santiago, República de Chile, en Providence, Rhode Island y Raleigh, Carolina del Norte, Estados Unidos de América, respectivamente. Deroga el artículo 2 del Decreto núm. 334-25. G. O. núm. 11244 del 3 de junio de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 350-26 CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 3, literal a), inviste al presidente de la República con la atribución de dirigir la política exterior y, en consecuencia, le faculta para designar, aceptar renuncias y remover a los miembros del cuerpo diplomático. CONSIDERANDO: Que, la Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Servicio Exterior, establece el marco jurídico que regula la organización, funcionamiento, ingreso, permanencia y designación de los funcionarios del servicio exterior de la República Dominicana, disponiendo que tales actuaciones se formalicen mediante decreto del Poder Ejecutivo. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016, y su Reglamento de Aplicación. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 5. Robert Ramón Arias Fernández, queda designado cónsul general de República Dominicana en Santiago, República de Chile, con jurisdicción en todo el territorio nacional. ARTÍCULO 6. Juan Mercedes Mateo Guerrero, queda designado cónsul general de República Dominicana en Providence, Rhode Island, Estados Unidos de América. ARTÍCULO 7. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 334-25, del 20 de junio de 2025, que designó a María Luisa Ubiera Zorrilla, embajadora en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX). ARTÍCULO 8. María Luisa Ubiera Zorrilla queda designada cónsul general de República Dominicana en Raleigh, Carolina del Norte, Estados Unidos de América. ARTÍCULO 9. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona