La fecha de cada señal es la del hecho que describe (el documento, la adjudicación, la nómina…), no la del día en que se detectó.
Grave: un hecho que por sí solo merece explicación. A revisar: conviene mirarlo con su contexto. Contexto: dato útil para investigar, con posible explicación normal.
«En verificación» y «Pendiente de revisión» marcan cruces inciertos (por ejemplo, por nombre y sin cédula): se publican como pista para investigar, no como hecho.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
No encontramos esas palabras exactas. Esto trata de lo mismo:
ContextoMismo nombre que una parte en decisiones judicialesCoincidencia 96 % · por nombre
Soni Anni Polanco Rodríguez (Socio o titular de un proveedor del Estado) tiene el mismo nombre que una parte en 1 decisión de la Suprema Corte de Justicia o del Tribunal Constitucional; la más reciente: Sentencia SCJ-PS-23-0073 (Suprema Corte de Justicia, civil y comercial, del 31/01/2023). Figurar en una decisión judicial no implica responsabilidad ni irregularidad (se puede ser demandante, víctima o recurrido): es un punto de partida para investigar. El cruce es por nombre: puede tratarse de otra persona.
Coincidencia estimada: 96 %, solo por el nombre: puede tratarse de personas distintas con el mismo nombre.
En la resolución RIC-184-2022 (14/12/2022) la Dirección General de Contrataciones Públicas inhabilitó el Registro de Proveedor del Estado de K Supplies, SRL. Una inhabilitación impide contratar con el Estado mientras dure; la resolución completa, con sus motivos, está en dgcp.gob.do.
… 7) El Órgano Rector podrá tomar medidas precautorias oportunas, mientras se encuentre pendiente la resolución de una impugnación para preservar la oportunidad de corregir un incumplimiento potencial de esta ley y sus reglamentos, incluyendo la suspensión de la adjudicación de un contrato o la ejecución de un contrato que ya ha sido adjudicado. 8) Las resoluciones que dicten las entidades contratantes podrán ser apeladas, cumpliendo el mismo procedimiento y con los mismos plazos, ante el Órgano Rector, dando por concluida la vía administrativa. PÁRRAFO I. En caso de que un proveedor iniciare un procedimiento de apelación, la entidad contratante deberá poner a disposición del Órgano Rector…
ART. 71. Para la investigación de presuntas contravenciones a la presente ley y sus reglamentos, la Dirección General, en su calidad de Órgano Rector, actuará de oficio o a petición de parte interesada.
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Sander Global Investments, INC llevaba 54 días como proveedor del Estado al ser adjudicado por RD$17.7 millones.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 23 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 23 — Naturaleza no habilitante del Registro de Proveedores del Estado
Artículo 23. Naturaleza no habilitante del Registro de Proveedores del Estado. La inscripción en el Registro de Proveedores del Estado no sustituye la presentación de credenciales, evaluación de la capacidad técnica, financiera y de experiencia que pueda tener un interesado en participar, ni que cumple con los requisitos exigidos en las bases de la contratación para resultar adjudicatario.
ContextoFuera del Plan Anual de ComprasRD$1 millones
Ninguno de los tipos de bien o servicio de este proceso (1 clase(s) del catálogo UNSPSC) figura en el Plan Anual de Compras 2025 que la institución publicó en el portal (1834 renglones), ni en el del año anterior. El proceso estima RD$1.0 millones. La ley pide que las compras salgan del plan anual; un plan puede actualizarse después, y el cruce es por tipo de bien, no por el proceso.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 38 · Reglamento 416-23, art. 63 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 38
ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…
Reglamento 416-23, artículo 63 — El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC)
Artículo 63. El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC). Es el documento elaborado por el área de planificación y desarrollo de los entes y órganos sujetos a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, con el apoyo de la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. El PACC debe ser formulado con base al presupuesto aprobado para cada institución, conforme a las actividades plasmadas en su Plan Operativo Anual (POA), y debe describir las obras a ejecutarse, los bienes a adquirirse y los servicios a contratarse durante el ejercicio presupuestario correspondiente,…
En la resolución RIC-156-2023 (27/10/2023), que resuelve una solicitud de medida cautelar, la Dirección General de Contrataciones Públicas suspendió de forma provisional este procedimiento o la ejecución de su contrato, hasta que se decida el fondo. Es una decisión del órgano rector de las compras públicas, publicada por él mismo; la resolución completa está en dgcp.gob.do.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 67 · Ley 340-06, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 67
… 7) El Órgano Rector podrá tomar medidas precautorias oportunas, mientras se encuentre pendiente la resolución de una impugnación para preservar la oportunidad de corregir un incumplimiento potencial de esta ley y sus reglamentos, incluyendo la suspensión de la adjudicación de un contrato o la ejecución de un contrato que ya ha sido adjudicado. 8) Las resoluciones que dicten las entidades contratantes podrán ser apeladas, cumpliendo el mismo procedimiento y con los mismos plazos, ante el Órgano Rector, dando por concluida la vía administrativa. PÁRRAFO I. En caso de que un proveedor iniciare un procedimiento de apelación, la entidad contratante deberá poner a disposición del Órgano Rector…
ART. 71. Para la investigación de presuntas contravenciones a la presente ley y sus reglamentos, la Dirección General, en su calidad de Órgano Rector, actuará de oficio o a petición de parte interesada.
Ninguno de los tipos de bien o servicio de este proceso (1 clase(s) del catálogo UNSPSC) figura en el Plan Anual de Compras 2025 que la institución publicó en el portal (1834 renglones), ni en el del año anterior. El proceso estima RD$1.7 millones. La ley pide que las compras salgan del plan anual; un plan puede actualizarse después, y el cruce es por tipo de bien, no por el proceso.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 38 · Reglamento 416-23, art. 63 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 38
ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…
Reglamento 416-23, artículo 63 — El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC)
Artículo 63. El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC). Es el documento elaborado por el área de planificación y desarrollo de los entes y órganos sujetos a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, con el apoyo de la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. El PACC debe ser formulado con base al presupuesto aprobado para cada institución, conforme a las actividades plasmadas en su Plan Operativo Anual (POA), y debe describir las obras a ejecutarse, los bienes a adquirirse y los servicios a contratarse durante el ejercicio presupuestario correspondiente,…
ContextoMismo nombre que una parte en decisiones judicialesCoincidencia 93 % · por nombre
Raynel Solano Cabrera (Socio o titular de un proveedor del Estado) tiene el mismo nombre que una parte en 1 decisión de la Suprema Corte de Justicia o del Tribunal Constitucional; la más reciente: Sentencia SCJ-PS-23-1634 (Suprema Corte de Justicia, civil y comercial, del 17/08/2023). Figurar en una decisión judicial no implica responsabilidad ni irregularidad (se puede ser demandante, víctima o recurrido): es un punto de partida para investigar. El cruce es por nombre: puede tratarse de otra persona.
Coincidencia estimada: 93 %, solo por el nombre: puede tratarse de personas distintas con el mismo nombre.
SUHEIL ELÍAS ATALLAH LAJAM (Socio o titular de un proveedor del Estado) tiene el mismo nombre que una parte en 1 decisión de la Suprema Corte de Justicia o del Tribunal Constitucional; la más reciente: Resolución 0600-2025 (Suprema Corte de Justicia, civil y comercial, del 05/12/2025). Figurar en una decisión judicial no implica responsabilidad ni irregularidad (se puede ser demandante, víctima o recurrido): es un punto de partida para investigar. El cruce es por nombre: puede tratarse de otra persona.
Coincidencia estimada: 96 %, solo por el nombre: puede tratarse de personas distintas con el mismo nombre.
JOSE LUIS SUAREZ (Socio o titular de un proveedor del Estado) tiene el mismo nombre que un oficial de INSPIRATION MAJO GROUP LLC (activa, constituida el 06/07/2022); SUAREZ-CARRION INVESTMENTS, LLC (inactiva, constituida el 14/11/2005); CORTES-CALERO, LLC (inactiva, constituida el 09/09/2005); LUOMO INVESTMENTS, INC. (inactiva, constituida el 03/06/2004); LUIS JOSE SUAREZ, INC. (inactiva, constituida el 30/05/2000) y otras 3 en el registro de corporaciones de Florida (Sunbiz). El cruce es por nombre: puede tratarse de otra persona. Es un nombre de tres palabras, común en Florida, y el registro no da ninguna dirección en República Dominicana: lo más probable es que se trate de otra persona con el mismo nombre; se publica como pista para verificar. Tener una empresa en el exterior no es una irregularidad; es un antecedente para investigar.
Cruce por nombre: nombre de tres palabras sin ningún vínculo con República Dominicana en el registro: lo más probable es que sea otra persona; en un registro del extranjero la coincidencia no se puede estimar.
Ninguno de los tipos de bien o servicio de este proceso (1 clase(s) del catálogo UNSPSC) figura en el Plan Anual de Compras 2025 que la institución publicó en el portal (1834 renglones), ni en el del año anterior. El proceso estima RD$1.9 millones. La ley pide que las compras salgan del plan anual; un plan puede actualizarse después, y el cruce es por tipo de bien, no por el proceso.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 38 · Reglamento 416-23, art. 63 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 38
ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…
Reglamento 416-23, artículo 63 — El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC)
Artículo 63. El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC). Es el documento elaborado por el área de planificación y desarrollo de los entes y órganos sujetos a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, con el apoyo de la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. El PACC debe ser formulado con base al presupuesto aprobado para cada institución, conforme a las actividades plasmadas en su Plan Operativo Anual (POA), y debe describir las obras a ejecutarse, los bienes a adquirirse y los servicios a contratarse durante el ejercicio presupuestario correspondiente,…