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El Estado bajo la lupa

Señales

Hechos en los datos oficiales que merecen mirarse. Una señal es una pista, no una acusación.

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139 señales

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GraveHallazgo en documentos

La adjudicación no coincide con los precios más bajos consignados

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

El informe atribuye a Tekhnetos RD$122,840.42 para el ítem 3, frente a RD$240,436.00 atribuidos a Dipuglia, pero el acta adjudica ese ítem a Dipuglia. También se consignan RD$14,263.66 de Tekhnetos para el ítem 23 frente a RD$18,816.00 de Dipuglia, aunque el ítem 23 se adjudica a Dipuglia. El documento no explica estas diferencias, que inciden en la selección por menor precio.

“Ítem 1, por un monto de RD$405,091.64; Ítem 3, por un monto de RD$122,840.42; Ítem 5 por un monto de RD$138,827.24; … su oferta para los siguientes ítems: Ítem 3, por un monto de RDS240,436.00; Ítem 4, por un monto de RDS335,372.00;”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio

Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.

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Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

Texto oficial completo

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Cómo leer estos datos

La fecha de cada señal es la del hecho que describe (el documento, la adjudicación, la nómina…), no la del día en que se detectó.

Grave: un hecho que por sí solo merece explicación. A revisar: conviene mirarlo con su contexto. Contexto: dato útil para investigar, con posible explicación normal.

«En verificación» y «Pendiente de revisión» marcan cruces inciertos (por ejemplo, por nombre y sin cédula): se publican como pista para investigar, no como hecho.

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  • Compras y licitacionesProcesos, ofertas y contratos de la DGCP
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • EmpresasProveedores del Estado: contratos, dueños y señales

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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GraveEnmienda relaja un control

Enmienda (0112/2026) relaja 3 controles del pliego

Documento del 10 jun 2026 · hace 4 meses

El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita requisitos técnicos usados para comprobar las características y capacidad del vehículo: reduce el peso bruto mínimo y la garantía, y amplía los rangos de motor y dimensiones.; Reduce mínimos de potencia y bolsas de aire, permite alternativas en frenos y neumáticos y vuelve opcionales algunos elementos de equipamiento; se debilitan verificaciones de desempeño y seguridad del vehículo.; Reduce el mínimo de capacidad del tanque y modifica el régimen exigido para verificar la prestación del motor..

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones

Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…

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A revisarHallazgo en documentosRD$791,978

RNC de Skagen difiere en el acto de adjudicación

Documento del 5 oct 2026 · hace 9 días

El dispositivo adjudica el lote III a Skagen con RNC, mientras que el informe económico del mismo documento identifica a Skagen con RNC; el portal y los datos de registro aportados también consignan [RNC]. Aunque el nombre y el RPE coinciden, conviene verificar y corregir el identificador consignado en el acto que formaliza la adjudicación.

“2) SKAGEN, S.R.L., RNC. , RPE 418, en el Lote III por un monto total con impuestos incluidos de: SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS DOMINICANOS CON 80/100 (RD$791,977.80).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

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A revisarHallazgo en documentos

El acta expresa dos referencias distintas para iniciar el plazo de reconsideración

Documento del 5 oct 2026 · hace 9 días

El aviso indica que el plazo se cuenta desde el hecho impugnado o desde cuando el recurrente debió conocerlo, pero luego señala que ambos plazos corren desde el día siguiente a la recepción de la notificación. La Ley 47-25 establece que el plazo de reconsideración se cuenta desde que el acto adquiere eficacia por notificación o publicación, por lo que la formulación puede generar incertidumbre sobre el cómputo.

“Este acto administrativo del Comité de Contrataciones Públicas podrá ser impugnado mediante recurso de reconsideración ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles a partir de la fecha del hecho impugnado o de ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 205 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso

Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.

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A revisarHallazgo en documentosRD$11.3 millones

Revisar compras de cáterin convocadas en menos de tres meses

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

Según el portal, el 16/06/2026 se convocó otro proceso de cáterin, almuerzos y refrigerios por RD$5,000,000; sumado a los RD$6,344,100 de esta solicitud, el total es RD$11,344,100, superior al umbral 2026 de licitación pública para servicios (RD$6,436,757.51). La diferencia de objeto y finalidad entre ambos procesos podría explicar la contratación separada; corresponde verificar si responden a necesidades independientes o a un mismo rubro planificable.

“1 | | 2.2.9.2.01 | Servicio de preparación, suministro y entrega de almuerzos balanceados, higiénicamente elaborados y aptos para el consumo humano, para servidoras y servidores públicos de la Dirección de Desarrollo Social Supérate. | UD |”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · Ley 47-25, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento

Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…

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Ley 47-25, artículo 82 — Fraccionamiento permitido

Artículo 82.- Fraccionamiento permitido. Podrá permitirse el fraccionamiento cuando: 1) Se realice la adjudicación de las contrataciones por etapas, tramos o lotes posibles, o se regionalicen procedimientos de contratación en función a la naturaleza del objeto de la contratación o para propiciar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), emprendimientos innovadores y de base tecnológica, de pequeños productores agrofamiliares y la participación local; 2) Estando planificada la contratación se evidencia que no se contaba con los recursos disponibles suficientes para realizar la contratación completa; 3) Se trate de procedimientos de excepción previstos en la…

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A revisarHallazgo en documentosRD$6.3 millones

Requisito financiero estricto sin umbral patrimonial definido

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

Para un servicio estimado en RD$6,344,100, el pliego exige estados y declaraciones sin pérdidas y un índice de solvencia superior a 1.20, pero no explica cómo se relaciona ese nivel con el monto y los riesgos del contrato. La proporcionalidad de estos requisitos de calificación puede afectar la concurrencia.

“Estados Financieros del último año fiscal certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado) que no muestre perdidas. Límite establecido: Mayor 1.20”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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A revisarHallazgo en documentos

Se exige documentación fiscal sin indicar la excepción para MIPYMES

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego pide certificaciones vigentes de DGII y TSS, sin mencionar que las MIPYMES pueden participar aunque tengan obligaciones pendientes por un período de hasta seis meses. Esa omisión puede restringir la participación de empresas que reúnen la condición prevista por la ley.

“Certificación vigente emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), donde manifieste que el oferente está al día en el pago de sus obligaciones fiscales. Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) vigente.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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A revisarHallazgo en documentos

Se condiciona la devolución de garantía por vicios ocultos en un servicio

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego condiciona la devolución de la garantía de fiel cumplimiento a que se constituya y presente una garantía de vicios ocultos, aunque el objeto es un servicio de almuerzos. El Reglamento limita la garantía contra vicios ocultos a contratos de construcción de obras, por lo que corresponde aclarar si se pretende imponer esa carga a este contrato.

“La garantía de fiel cumplimiento será devuelta luego de la recepción conforme del servicio incluidas las obligaciones de seguridad social y tras ser constituida y presentada la garantía de vicios ocultos a favor de la institución contratant”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 212 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 212 — Garantía contra vicios ocultos

Artículo 212.- Garantía contra vicios ocultos. La garantía contra vicios ocultos aplica para los contratos cuyo objeto sea la construcción de obras.

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego no concreta las penalidades por retraso

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

El numeral de penalidades incluye una instrucción de edición («favor reconfigurar este numeral») y enumera medidas sin fijar porcentajes, montos ni reglas para aplicarlas. La Ley establece que la proporción y determinación de las penalidades por demora deben establecerse en el pliego y el contrato.

“La institución contratante podrá identificar cuales penalidades serán aplicadas en caso de incumplimiento del contrato, conforme al artículo 145 de la Ley 47-25 es que establece las penalidades por demora, favor reconfigurar este numeral.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora

Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…

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A revisarHallazgo en documentos

Dos referencias comerciales deben ser recientes

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

Se exigen al menos dos referencias de catering emitidas dentro de los seis meses anteriores. Por su recencia y número, el requisito puede limitar la participación de proveedores con experiencia pertinente pero sin referencias tan recientes; conviene verificar su proporcionalidad respecto del objeto y el monto.

“Mínimo 2 certificaciones, emitida dentro de los últimos seis (6) meses, firmada y sellada por el emisor de las mismas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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A revisarHallazgo en documentos

Evaluación de muestras con criterios subjetivos sin escala verificable

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

La aceptación del sabor y otros aspectos de la muestra se decide con un criterio conforme/no conforme, pero el texto no establece indicadores medibles ni una escala que reduzca la discrecionalidad. La muestra es determinante para habilitar la oferta técnica, por lo que la falta de parámetros verificables merece revisión.

“Sabor (Se evaluará la aceptación general del sabor de los alimentos preparados … considerando su sazón, equilibrio y percepción organoléptica”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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A revisarHallazgo en documentos

El plazo de pago se formula como aproximado

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego indica que el pago se realizará «aproximadamente» treinta días después de recibida la factura. Esa formulación no fija con precisión el plazo máximo, mientras que la Ley establece un máximo de treinta días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento.

“La Dirección de Desarrollo Social Supérate, realizará los pagos, Treinta (30) días aproximadamente, luego de haber recibido la factura.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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A revisarHallazgo en documentosRD$43 millones

El criterio de adjudicación aparece descrito de dos formas incompatibles

Documento del 31 ago 2026 · hace 1 mes

El acta consigna que se adjudica «por ítem, menor precio», pero el informe aprobado y citado en la misma acta aplica el mayor puntaje combinado por lote. Aunque Coral obtiene el mayor puntaje reportado y resulta adjudicada, la diferencia entre el criterio declarado en la decisión y el aplicado afecta la trazabilidad de la adjudicación y amerita verificar cuál regla se usó efectivamente.

“SE ADJUDICA, el proceso de Licitación Pública Nacional , para la “COMPRA DE COMBUSTIBLE PARA USO DE LOS VEHÍCULOS DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL SUPÉRATE”, por cumplir con los requerimientos, especificaciones técnicas exigidas en el P”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 22 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 22 — Régimen jurídico de la contratación pública

Artículo 22.- Régimen jurídico de la contratación pública. Las contrataciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley se regirán por: 1) La Constitución de la República; 2) Tratados y acuerdos internacionales con referencia a temas de contratación pública; 3) Las disposiciones de la presente ley; 4) Los reglamentos de aplicación de la presente ley y sus reglamentos especiales; 5) Las normas, políticas, decisiones u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas en el ámbito de su competencia; 6) Los respectivos pliegos de condiciones del procedimiento y sus enmiendas; y 7) El contrato o la orden de compras o de servicios. Párrafo…

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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A revisarHallazgo en documentosRD$43 millones

Las ofertas registradas coinciden todas con el monto estimado

Documento del 31 ago 2026 · hace 1 mes

El informe registra ofertas por los mismos montos en los tres lotes para Coral y Canaan, cuyo total suma exactamente RD$43,000,000; el portal registra también una oferta de PETROMOVIL por RD$43,000,000, igual al monto estimado. Los descuentos consignados para Coral y Canaan podrían explicar diferencias en el precio efectivo, pero la coincidencia de los totales nominales de los tres oferentes justifica revisar cómo se formaron y compararon las ofertas.

“Oferta para el Lote I: RD$19,350,000,00 | CUMPLE | Oferta para el Lote II: RD$15,050,000,00 | Oferta para el Lote III: RD$8,600,000,00 | Oferta un 2.5% de descuento en tickets de combustible.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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A revisarHallazgo en documentosRD$508,701

Verificar compras de mobiliario convocadas en un período corto

Documento del 26 ago 2026 · hace 1 mes

Según los datos de otros procesos de la institución, hubo compras por debajo del umbral para mobiliario el 2026-07-06 y el 2026-07-13, y este proceso se convocó el 2026-08-26; las dos primeras suman RD$508,701.04, por encima del umbral de contratación directa sujeta al umbral de RD$268,111.37 vigente desde el 2026-04-01. El acta consigna solicitudes de mobiliario y aprueba el proceso actual; debe verificarse si las necesidades correspondían a objetos o etapas independientes o si eran parte de una contratación planificada dentro del mismo rubro-clase.

“ÚNICO: Revisar, analizar y validar el Pliego de Condiciones Generales y Específicas que regirá el proceso de Contratación Simplificada para la “ADQUISICIÓN DE MOBILIARIOS PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL SUPÉRATE”, REF. SUPÉRATE-CCC-C”
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Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento

Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…

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Ley 47-25, artículo 82 — Fraccionamiento permitido

Artículo 82.- Fraccionamiento permitido. Podrá permitirse el fraccionamiento cuando: 1) Se realice la adjudicación de las contrataciones por etapas, tramos o lotes posibles, o se regionalicen procedimientos de contratación en función a la naturaleza del objeto de la contratación o para propiciar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), emprendimientos innovadores y de base tecnológica, de pequeños productores agrofamiliares y la participación local; 2) Estando planificada la contratación se evidencia que no se contaba con los recursos disponibles suficientes para realizar la contratación completa; 3) Se trate de procedimientos de excepción previstos en la…

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Revisar la sustitución de la integrante ausente del comité

Documento del 26 ago 2026 · hace 1 mes

El acta señala que la directora de Planificación estaba fuera del país atendiendo compromisos institucionales y que la sustituyó una delegada interina. El artículo 18.4 del Reglamento 52-26 prevé la delegación temporal por fuerza mayor, licencias, vacaciones o conflicto de interés; conviene verificar el fundamento y la formalización de esta sustitución.

“La señora Darislady Reyes Aquino, Directora de Planificación y Desarrollo, no se encuentra presente por encontrarse fuera del país atendiendo compromisos institucionales, en su lugar quedó como delegada interina la señora Eliana Aquino, Coo”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación

Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…

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Los valores de contratos del portal superan montos adjudicados en el acta

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

Según los contratos registrados en el portal, Simbel figura con RD$633,960 y Tekhnetos con RD$1,560,549, frente a adjudicaciones en el acta de RD$316,980 y RD$847,298.31, respectivamente. La diferencia amerita cotejar los contratos formalizados y su alcance; el registro del portal es posterior al acta y podría reflejar información contractual adicional o una actualización.

“3) SIMBEL, SRL., RNC núm. , RPE 92999, para el ítem 2 por un monto total con impuestos incluidos de TRESCIENTOS DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$316,980.00). … Para un total adjudicado e este proceso de DOS”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 127 · Ley 47-25, art. 133 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 127 — Efectos de la adjudicación

Artículo 127.- Efectos de la adjudicación. Efectuada la notificación al adjudicatario y demás participantes, esta generará derechos y obligaciones para la institución contratante y para el adjudicatario a exigir la suscripción del contrato o emisión de orden de compra o de servicio.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 133 — Formalización del contrato

Artículo 133.- Formalización del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte físico o formato digital, en las condiciones que establezca la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y deberán ajustarse al modelo que forma parte de los pliegos de condiciones, con las modificaciones aprobadas hasta el momento de la adjudicación. Párrafo I.- En las contrataciones efectuadas a través de órdenes de compras o de servicios, la formalización se producirá con la notificación realizada al adjudicatario. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley dispondrán los requisitos formales que deberán contener las órdenes de compras o de servicios.

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A revisarHallazgo en documentos

El aviso de reconsideración ofrece disparadores distintos para el plazo

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

El acta indica que los diez días hábiles se cuentan desde el hecho impugnado o desde cuando razonablemente debió conocerse, pero después señala que ambos plazos se cuentan desde el día siguiente a la recepción de la notificación. El artículo 205 de la Ley 47-25 fija el cómputo desde que el acto perfecciona su eficacia por notificación o publicación, por lo que la redacción puede generar incertidumbre sobre el inicio del plazo.

“acto Administrativo del Comité de Contrataciones Públicas podrá ser impugnado mediante recurso de reconsideración ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles a partir de la fecha del hecho impugnado o de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 205 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso

Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.

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A revisarHallazgo en documentos

Delegación de una integrante ausente del comité

Documento del 27 jul 2026 · hace 2 meses

El acta señala que Darislady Reyes Aquino no asistió por compromisos institucionales fuera del país y que Eliana Aquino quedó como delegada interina. El Reglamento prevé delegación temporal por fuerza mayor, licencias, vacaciones o conflicto de interés y dispone que la delegación sea validada por el comité y conste en acta; conviene comprobar la base y validación de esta sustitución.

“La señora Darislady Reyes Aquino, Directora de Planificación y Desarrollo, no se encuentra presente por encontrarse fuera del país atendiendo compromisos institucionales, en su lugar quedó como delegada interina la señora Eliana Aquino, Coo”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación

Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…

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A revisarHallazgo en documentos

El acta consigna dos disparadores distintos para el plazo de reconsideración

Documento del 21 jul 2026 · hace 2 meses

El aviso indica primero que el plazo corre desde la fecha del hecho impugnado o desde que el recurrente debió conocerlo, pero luego señala que ambos plazos se cuentan desde el día siguiente a la recepción de la notificación. El artículo 205 fija el cómputo desde que el acto perfecciona su eficacia; conviene verificar que la notificación no induzca a error sobre el plazo para recurrir.

“en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 205 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso

Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.

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A revisarHallazgo en documentos

Identidad del participante difiere entre el acta y el portal

Documento del 21 jul 2026 · hace 2 meses

El acta identifica como participante al Consorcio Automia-Equimax, mientras que el portal registra una oferta de Automia, S.A.S. como oferente individual. La diferencia merece cotejo con la oferta y el expediente para confirmar qué persona o consorcio presentó la propuesta y cuál fue su resultado.

“participaron cuatro (04) oferentes que son: 1) AUTOCAMINOES S.A., 2) CONSORCIO AUTOMIA-EQUIMAX., 3) BONANZA DOMINICANA, S.A.S. y 4) SANTO DOMINGO MOTOR COMPANY S.A.”
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A revisarHallazgo en documentos

Delegación de integrante del comité requiere verificar su fundamento

Documento del 21 jul 2026 · hace 2 meses

El acta atribuye la ausencia de la directora de Planificación a compromisos institucionales en el extranjero y consigna que fue sustituida por una delegada interina. El reglamento enumera las circunstancias para delegar temporalmente (fuerza mayor, licencias, vacaciones o conflicto de interés); conviene verificar el fundamento y la validación de la delegación.

“La señora Darislady Reyes Aquino, Directora de Planificación y Desarrollo, no se encuentra presente por encontrarse fuera del país atendiendo compromisos institucionales, en su lugar quedó como delegada interina la señora Eliana Aquino, Coo”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación

Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…

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A revisarHallazgo en documentosRD$37.8 millones

La adjudicación quedó concentrada en el único oferente habilitado

Documento del 16 jul 2026 · hace 2 meses

El acta registra cuatro participantes, pero solo uno habilitado para la fase económica y adjudica a ese oferente los tres lotes. Aunque el pliego contempla adjudicar varios lotes a un mismo oferente cuando hay más lotes que oferentes habilitados, la competencia efectiva en la fase económica quedó limitada a una sola oferta; merece revisión de la participación y de la evaluación técnica que condujo a ese resultado.

““participaron cuatro (04) oferentes que son: 1) ALMACENES OCEAN MEAT, S.R.L., 2) CELNA ENTERPRISES, S.R.L., 3) DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS QUISQUEYA DAQ, S.R.L., y 4) PEDRO VLADIMIR RUIZ DE LA ROSA.” … “siendo este: 1) PEDRO VLADIMIR RUIZ DE”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 60 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Ley 47-25, artículo 60 — Licitación pública

Artículo 60.- Licitación pública. La licitación pública es un procedimiento de selección que requerirá de una convocatoria pública y obligatoria a un número indeterminado de interesados y que podrá ser utilizado para la contratación de todo tipo de bienes, servicios y obras.

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A revisarHallazgo en documentos

El aviso de recurso ofrece referencias distintas para iniciar el plazo

Documento del 16 jul 2026 · hace 2 meses

El acta primero sitúa el inicio del plazo de reconsideración en la fecha del hecho o en la fecha en que razonablemente debió conocerse, pero luego indica que ambos plazos corren desde el día siguiente a la recepción de la notificación. Esa diferencia puede generar incertidumbre sobre el cómputo; el artículo 205 vincula el plazo a la eficacia del acto por notificación o publicación, según corresponda.

““en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho” … “Ambos plazos se contabilizarán desde el día siguiente a la recepció”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 205 · Ley 47-25, art. 29 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso

Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 29 — Eficacia de los actos administrativos

Artículo 29.- Eficacia de los actos administrativos. Los actos administrativos dictados en el marco de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se entenderán eficaces teniendo en cuenta las siguientes reglas; 1) Los actos administrativos favorables se considerarán eficaces para sus beneficiarios a partir de la fecha de su emisión; 2) Los actos administrativos desfavorables se considerarán eficaces con la notificación de la resolución a los interesados y la indicación de las vías y plazos para recurrirla; 3) Cuando los actos administrativos tengan por destinatarios a una pluralidad indeterminada de personas o resulte de uno de los procedimientos de concurrencia…

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Delegación de la integrante jurídica del comité requiere verificación

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

La resolución registra que la Directora Jurídica fue sustituida por un delegado interino porque atendía compromisos institucionales fuera de la ciudad. El artículo 18 del Reglamento 52-26 contempla la delegación temporal por fuerza mayor, licencias, vacaciones o conflicto de interés, y requiere validación del comité y constancia en acta; conviene verificar el fundamento y la validación aplicados.

“La señora Yadhira Núñez Castillo, Directora Jurídica y Asesora del Comité de Contrataciones Públicas, no se encuentra presente por encontrarse en el interior del país atendiendo compromisos institucionales, en su lugar quedó como delegado i”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación

Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…

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