La adjudicación no coincide con los precios más bajos consignados
· hace 1 mes
El informe atribuye a Tekhnetos RD$122,840.42 para el ítem 3, frente a RD$240,436.00 atribuidos a Dipuglia, pero el acta adjudica ese ítem a Dipuglia. También se consignan RD$14,263.66 de Tekhnetos para el ítem 23 frente a RD$18,816.00 de Dipuglia, aunque el ítem 23 se adjudica a Dipuglia. El documento no explica estas diferencias, que inciden en la selección por menor precio.
“Ítem 1, por un monto de RD$405,091.64; Ítem 3, por un monto de RD$122,840.42; Ítem 5 por un monto de RD$138,827.24; … su oferta para los siguientes ítems: Ítem 3, por un monto de RDS240,436.00; Ítem 4, por un monto de RDS335,372.00;”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.