Ministerio de Energía y Minas
Difiere el anticipo MIPYME hasta 30 días tras la certificación
· hace 6 meses
Además de prohibir que una misma persona participe más de una vez, el pliego impide la participación simultánea de empresas que compartan cualquier socio o accionista. Esa restricción alcanza a personas jurídicas distintas por el solo hecho de tener un socio en común y excede la regla legal que prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” — Pliego de Condiciones FINAL 19-3-26.pdf
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El pliego final de marzo de 2026 fija las bases de la contratación simplificada MEM-CCC-CP-2026-0006 para cuatro proyectos de redes eléctricas, distribuidos en dos lotes, con presupuesto base de RD$45,363,945.31 y plazo de ejecución de hasta seis meses. Establece requisitos técnicos, financieros y de experiencia, reglas de evaluación y adjudicación por lote, y condiciones de garantía y pago.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Construcciones Palomino, SRL | RD$40,827,551 | 7 abr de 2026 | Pendiente |
| Electricos Profesionales Elecprof SRL | RD$26,874,068 | 8 abr de 2026 | Pendiente |
| Servicios de Ingeniería Y Asesorías En Mediciones Eléctricas, SIAMEEL, SRL | RD$26,862,935 | 8 abr de 2026 | Pendiente |
| Servicios de Ingeniería Y Asesorías En Mediciones Eléctricas, SIAMEEL, SRL | RD$26,862,935 | 7 abr de 2026 | Pendiente |
| Constructora Virtocil, SRL | — | 8 abr de 2026 | Pendiente |
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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