Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia
Exclusión general de intermediarios y subcontratistas
· hace 1 año
El pliego condiciona la participación a que tanto el domicilio inscrito en el RPE como la planta propuesta estén en la zona del lote, y prevé verificarlo mediante visita. La proximidad puede relacionarse con la distribución, pero exigir que el domicilio registrado y la planta coincidan con la zona puede reducir el universo de oferentes más allá de acreditar capacidad de entrega; conviene revisar la proporcionalidad de ambos requisitos.
“Los oferentes deberán de contemplar que la ubicación de su domicilio inscrito en su Registro de Proveedores del Estado (RPE), así como el de la planta de agua propuesto estén de acuerdo con la zona geográfica del lote en el cual estarán par” — INAIPI-CCC-SI-2025-0015 ESPECIFICACIONES TECNICAS.pdf, página 4
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El documento establece especificaciones técnicas para la subasta inversa electrónica INAIPI-CCC-SI-2025-0015, destinada al suministro y distribución de agua purificada en centros CAIPI y CAFI de las zonas Norte Oriental, Este y Sur, dividida en ocho lotes. Fija un presupuesto estimado total de RD$39,000,000, con valores estimados de RD$6,000,000 para los lotes 1 a 5 y RD$3,000,000 para los lotes 6 a 8. También establece requisitos de ubicación, entrega, licencias, planta de tratamiento y condiciones de participación, incluida la exclusión de intermediarios y subcontratistas.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Proceso Y Envasado Sulibel, SRL | RD$38,974,000 | 25 may de 2025 | Pendiente |
| Carolina Industrial, SRL | RD$8,988,000 | 26 may de 2025 | Pendiente |
| Grupo Everest, SRL | RD$8,988,000 | 26 may de 2025 | Pendiente |
| Empresas Milanese, SRL | RD$2,800,000 | 26 may de 2025 | Pendiente |
| Maria, SRL | — | 23 may de 2025 | Pendiente |
| Martroylin, SRL | — | — | — |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Maria, SRL | RD$5,940,000 | 5 jun de 2025 | Activo · contrato |
| Maria, SRL | RD$5,940,000 | 5 jun de 2025 | Activo · contrato |
| Maria, SRL | RD$5,940,000 | 5 jun de 2025 | Activo · contrato |
| Proceso Y Envasado Sulibel, SRL | RD$2,998,000 | 5 jun de 2025 | Activo · contrato |
| Carolina Industrial, SRL | RD$2,996,000 | 5 jun de 2025 | Modificado · contrato |
| Grupo Everest, SRL | RD$2,996,000 | 5 jun de 2025 | Activo · contrato |
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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