Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia
El cronograma prevé abrir juntas las ofertas técnica y económica
· hace 2 meses
El pliego indica que se validará que el domicilio inscrito en el RPE corresponda a la Zona Sur. El Reglamento establece que el domicilio territorial de una MIPYME es preferencial y solo puede ser habilitante cuando la prestación local sea razonablemente necesaria y la restricción esté justificada; conviene verificar la motivación técnica y la aplicación de esta condición.
“Los oferentes deberán de contemplar que la ubicación de su domicilio inscrito en su Registro de Proveedores del Estado (RPE) estén de acuerdo con la zona geográfica para la cual está dirigida esta Contratación Simplificada (Zona Sur), basán” — PLIEGO DE CONDICIONES COCINAS - INAIPI-DAF-CM-2026-0037.pdf
Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores
Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…
Ley 47-25, artículo 173 — Domicilio local de los proveedores
Artículo 173.- Domicilio local de los proveedores. En las contrataciones destinadas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se establecerá la condición a los proveedores interesados que tengan fijados, domicilio en el distrito municipal, municipio, provincia o región en la que se vayan a suministrar los bienes, prestar los servicios o ejecutar las obras. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán los criterios para determinar el domicilio del proveedor. Párrafo II.- Solo en caso de no existir oferentes locales calificados en el distrito municipal, municipio, provincia o región que puedan satisfacer el objeto contractual, se podrá contratar las…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El pliego establece una contratación menor de obras, dirigida a MIPYMES mujer, para habilitar, readecuar y equipar cocinas industriales en centros CAIPI de la Zona Sur, con un valor referencial de RD$53,000,000.00: RD$28,000,000.00 para el ítem 1 y RD$25,000,000.00 para el ítem 2. Fija la recepción de ofertas hasta el 22 de julio de 2026 y prevé adjudicar por mejor relación calidad-costo, con un máximo general de un ítem por oferente. El texto también contiene reglas que requieren revisión por la apertura conjunta de las ofertas técnica y económica, la exigencia de domicilio registrado en la Zona Sur y discrepancias en los porcentajes del calendario financiero.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Yart Projects & Design, SRL | RD$53,000,000 | 22 jul de 2026 | Pendiente |
| Constructora Bello Palmar, S.R.L | RD$53,000,000 | 19 jul de 2026 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Yart Projects & Design, SRL | RD$25,000,000 | 4 ago de 2026 | Activo · contrato |
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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