ALVIN MANUEL BAUTISTA GOMEZ figura, según registros de nómina del Estado, en la nómina de Ministerio Administrativo de la Presidencia (DIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATA) y, el mismo mes (05/2025), en la de DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (ADMINISTRADOR ADUANERO I); entre ambas, hasta RD$350,000 en un mes. Coincidencia de identidad: 99.99 % (los datos de identificación coinciden en los registros de nómina del Estado y no se publican). Figurar en dos nóminas públicas no es por sí una irregularidad (hay cargos compatibles, como la docencia, y un traslado puede pagarse en las dos el mismo mes); es un dato para verificar.
Coincidencia de identidad: 99.99 %. Los datos de identificación de la persona coinciden en Registros de nómina del Estado (no se publican). Es una correlación de registros públicos: verifícala en las fuentes.
Ley 41-08, artículo 80
… 4. Recibir más de una remuneración con cargo al erario excepto que estuviera expresamente prevista en las leyes o reglamentos; 5. Aceptar designación para desempeñar en forma simultánea más de un cargo del Estado, salvo cuando se trate de labores docentes, culturales, de investigación y las de carácter honorífico, no afectadas por incompatibilidad legal, y con la debida reposición horaria cuando hubiera superposición de este tipo. La aceptación de un segundo cargo público incompatible con el que se esté ejerciendo, supone la renuncia automática del primero sin desmedro de la responsabilidad que corresponda; 6. Obtener préstamos y contraer obligaciones con personas naturales o jurídicas…
Ley 105-13, artículo 24 — Principios de incompatibilidad y conflictos de intereses
Artículo 24.- Principios de incompatibilidad y conflictos de intereses. Se establecen como principios básicos de incompatibilidades y conflictos de intereses vinculados a las disposiciones de la presente ley los siguientes: a) Los funcionarios públicos no podrán percibir ninguna remuneración con cargo del Estado, distinta a la propia de su puesto de trabajo; y b) No podrán ejercer otras funciones que conlleven el pago de prestaciones o remuneraciones provenientes de otras fuentes, excepto las docentes.
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona