Oficina para el Reordenamiento del Transporte
Enmienda relaja un control del pliego
· hace 1 año
La tabla deja valores frontera sin una puntuación identificable: por ejemplo, los rangos de años de experiencia no asignan puntos a exactamente 10 años. Además, para el Director del Proyecto exige al menos 30 años, pero incluye bandas de puntuación inferiores; esto puede generar incertidumbre al aplicar los criterios de evaluación.
“De >1 a <10 Puntuación: 2 puntos. De >10 a <20 Puntuación: 4 puntos.” — ENMIENDA No.03.pdf, página 4
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
La Enmienda No. 3 modifica el pliego del proceso OPRET-CCC-LPN-2024-0007 en la documentación del personal clave, la oferta económica y los criterios para evaluar metodología, experiencia e instalaciones y equipos. Mantiene seis meses para ejecutar los servicios y establece, entre otros aspectos, que ciertas certificaciones de experiencia son subsanables y que documentos económicos específicos no lo son. El pie de firma indica «a los cuatro (6) días» de febrero de 2025, por lo que la fecha exacta es ambigua.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Atteco, SRL | — | 18 feb de 2025 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Atteco, SRL | RD$49,175,910 | 18 mar de 2025 | Activo · contrato |
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· hace 1 año
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· hace 1 añoRD$49.1 millones
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
· hace 1 año
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