Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A.
Demora prolongada en una necesidad descrita como crítica
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El acta cancela el proceso expresamente después de adjudicar y antes de firmar el contrato. Para procesos regidos por la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23, el artículo 138 dispone que no procede cancelar una vez dictado el acto de adjudicación y señala como vía la revisión de oficio mediante declaración de lesividad; además, el acta invoca el artículo 128 del Reglamento como fundamento de cancelación, aunque ese artículo regula la evaluación de ofertas económicas.
“PRIMERO: CANCELAR el proceso de contratación identificado como EDEESTE-CCC-LPN-2025-0027, correspondiente a la ADQUISICIÓN DE CALZADOS PARA LAS OPERACIONES DE LAS ÁREAS TÉCNICAS DE EDEESTE, por las razones de hecho y de derecho expuestas en” — ACTA DE CANCELACION.pdf
Reglamento 416-23, artículo 138 — Prohibición de cancelación y declaración de desierto
Artículo 138. Prohibición de cancelación y declaración de desierto. En ningún caso procederá la cancelación o declaratoria de desierto de un procedimiento de contratación, cuando se haya dictado el acto administrativo de adjudicación. Una vez adjudicado el contrato, si la institución contratante lo considera procedente, por darse las condiciones legalmente establecidas a esos fines, deberá agotar el procedimiento de revisión de oficio de su actuación administrativa a través de la declaración de lesividad prevista en la Ley núm. 107-13, sobre Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
Ley 340-06, artículo 24
ART. 24. Toda entidad contratante podrá cancelar o declarar desierto un proceso de compra o contratación mediante el dictado de un acto administrativo, antes de la adjudicación, siempre y cuando existan informes de carácter legal y técnico debidamente justificados. PÁRRAFO I. En el evento de declaratoria de desierto un proceso, la entidad podrá reabrirlo, en la misma forma que lo hizo con el primero, dando un plazo de propuestas que puede ser de hasta un cincuenta por ciento (50%) del plazo del proceso fallido, al cual pueden acudir los proponentes que adquirieron los pliegos de condiciones sin volver a pagarlos. PÁRRAFO II. Si en la reapertura, se produjese una segunda declaratoria de…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El Acta núm. 227-2026, de 2026-08-18, cancela la licitación EDEESTE-CCC-LPN-2025-0027 después de adjudicar RD$8,567,747.07 y antes de suscribir el contrato. La decisión se basa en que K Supplies declinó el ítem 3 y que Inversiones Tropicana y Max Comercial indicaron plazos de entrega de 45 a 60 días calendario, superiores a los 15 días hábiles exigidos; el acta considera que esperar afectaría la seguridad de los técnicos.
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| Inversiones Tropicana, S.R.L. (INTROCA)Adjudicataria de los ítems 1 y 2; comunicó que los bienes no estaban disponibles para entrega inmediata y solicitó entre 45 y 60 días calendario para fabricación y entrega. La adjudicación fue posteriormente cancelada. | Adjudicado | Ítems 1 y 2 | RD$4,955,764 |
| K Supplies, S.R.L.Adjudicatario del ítem 3; declinó formalmente la adjudicación, alegando aumento de costos de importación. La adjudicación fue posteriormente cancelada. | Adjudicado | Ítem 3 | RD$3,611,983 |
| Max Comercial, S.R.L.El acta lo identifica como oferente en segundo lugar para los ítems 1 y 2. Indicó que mantendría el precio ofertado, pero que requería entre 45 y 60 días calendario para la entrega, plazo superior al previsto en el pliego. | Habilitado | Ítems 1 y 2 | RD$5,514,859 |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| A&C Seguridad Industrial, SRL | RD$13,576,037 | 13 ene de 2026 | Pendiente |
| Materiales Industriales, S.A.S | RD$11,094,410 | 14 ene de 2026 | Pendiente |
| K Supplies, SRL | RD$10,692,781 | 14 ene de 2026 | Pendiente |
| Soluciones Mecanicas SM, SRL | RD$9,089,540 | 14 ene de 2026 | Pendiente |
| Inversiones Tropicana, SRL | RD$8,623,204 | 14 ene de 2026 | Pendiente |
| Grupo Remi, SRL | RD$7,955,000 | 24 nov de 2025 | Pendiente |
| Lenyirub, SRL | RD$7,812,259 | 10 dic de 2025 | Pendiente |
| Max Comercial, SRL | RD$5,514,859 | 14 ene de 2026 | Pendiente |
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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