Programa de Medicamentos Esenciales
Condiciones de pago incompatibles con la entrega única
· hace 10 meses
El pliego establece una penalidad del 5 % por cada día de retraso, pero la aplica al «monto a pagar por el tiempo que no preste el servicio» sin precisar cómo se calcula ese período para un servicio que también se describe como único y continuo. La cuantía potencial y su aplicación quedan inciertas para los oferentes.
“En caso de mora por parte del (la) proveedor(a) en la ejecución de los servicios sin causa justificada, PROMESE/CAL podrá establecer una penalidad de un cinco (05) por ciento % por cada día de retardo, aplicado al monto a pagar por el tiemp” — PLIEGO DE CONDICIONES.pdf
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El pliego fija las bases de la licitación pública nacional PROMESECAL-CCC-LPN-2025-0015 para acondicionar el techo de la sede central, reservada a MIPYMES Mujer, con un presupuesto referencial de RD$9,422,772.00. La convocatoria se publicó el 28 de noviembre de 2025 y establece un plazo máximo de ejecución de 60 días calendario desde la firma del contrato. Incluye requisitos de calificación, evaluación técnica y económica, garantías y condiciones contractuales.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Inversiones Primtasa, SRL | RD$9,417,540 | 14 ene de 2026 | Pendiente |
| Premium Business Service, SRL | — | 15 ene de 2026 | Pendiente |
| Obelca, SRL | — | 15 ene de 2026 | Pendiente |
| Construcciones Y Servicios LUSABA, SRL | — | 15 ene de 2026 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Obelca, SRL | RD$8,640,899 | 20 feb de 2026 | Activo · contrato |
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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