Instituto Nacional de Formacion y Capacitacion del Magisterio
Contradicción sobre si la actividad del RPE es obligatoria
· hace 1 año
La solicitud consigna 7,400 tickets de RD$500 por RD$4,500,000 y 6,500 de RD$1,000 por RD$8,000,000; aplicando los precios unitarios indicados, los importes serían RD$3,700,000 y RD$6,500,000. Además, el portal registra cantidades de 9,000 y 8,000 para esos ítems, respectivamente, lo que coincide con los montos, pero difiere de las cantidades de esta solicitud; conviene verificar qué cantidades definieron el alcance convocado.
“2 | | 2.3.7.1.01 | Tickets de combustible: denominación de 500. | UD | 7,400 | 500.00 | 4,500,000.00 3 | | 2.3.7.1.02 | Tickets de combustible: denominación de 1000. | UD | 6,500 | 1,000.00 | 8,000,000.00” — SOLICITUD DE COMPRA O CONTRATACIÓN.pdf
Posible explicación normal: una segunda lectura con inteligencia artificial confirmó que el hecho consta en el documento, pero advierte que el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga. Se publica con gravedad baja como pista para investigar, no como una irregularidad. Su razonamiento: «El documento efectivamente consigna 7,400 tickets de RD$500 con monto de RD$4,500,000 y 6,500 de RD$1,000 con monto de RD$8,000,000, pero el Pliego de Condiciones Específicas y el portal convocaron las cantidades correctas (9,000 y 8,000), que sí cuadran con esos montos y con el total de RD$14,800,000. Es una errata de cantidades en la tabla de la solicitud, sin efecto en el alcance convocado, el presupuesto ni el proceso posterior.»
Reglamento 416-23, artículo 65 — Solicitud de compra o contratación
Artículo 65. Solicitud de compra o contratación. Las unidades requirentes deberán formular sus requerimientos de bienes, servicios y obras, en el plazo que para el efecto establezca a lo interno cada ente y órgano contratante. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá formalizar la solicitud de compras, la cual deberá contener el listado de los bienes, servicios y obras requeridos, junto al precio estimado.
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
La solicitud DA-38-2025, fechada el 25 de marzo de 2025, pide tickets de combustible y gasoil a granel para uso institucional durante un año, con un monto total consignado de RD$14,800,000. La solicitud indica que la compra está planificada y que las entregas serán a requerimiento del INAFOCAM.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| RV Diesel, SRL | RD$14,800,000 | 11 jun de 2025 | Pendiente |
| Next Dominicana, SA | RD$14,800,000 | 11 jun de 2025 | Pendiente |
| ECO PETROLEO DOMINICANA, S.A. | RD$14,800,000 | 11 jun de 2025 | Pendiente |
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· hace 1 año
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· hace 1 año
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona