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La actividad comercial exigida en el RPE es contradictoria
· hace 1 año
El pliego presenta cantidades distintas para las referencias comerciales y las órdenes de compra o contratos, y formula de manera diferente la antigüedad de experiencia requerida. Esa falta de uniformidad puede afectar la preparación y evaluación de las ofertas; conviene verificar qué exigencia se aplicó.
“Del referido listado; presentar mínimo dos (2) cartas de referencias comerciales, las cuales deben estar firmadas, timbradas y selladas por una autoridad competente, donde se manifieste la experiencia mínima de dos (2) años con relación al ” — Pliego de condiciones.pdf
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El pliego del proceso ITLA-CCC-CP-2025-0002 establece una comparación de precios para adquirir tickets de combustible, con valor referencial de RD$5,000,000.00 y entrega prevista dentro de cinco días hábiles desde la certificación del contrato por la Contraloría. Incluye requisitos de cobertura geográfica, experiencia y documentación cuya formulación presenta diferencias entre secciones.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Isla Dominicana de Petroleo Corporation | RD$5,000,000 | 18 feb de 2025 | Pendiente |
| Sigma Petroleum Corp, SAS | RD$5,000,000 | 19 feb de 2025 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Isla Dominicana de Petroleo Corporation | RD$5,000,000 | 7 mar de 2025 | Cerrado · contrato |
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· hace 1 año
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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· hace 1 añoRD$5 millones
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