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Solicitud corresponde a otro expediente y objeto
· hace 1 añoRD$429 millones
La hoja de evaluación legal exige acreditar al menos 3 años de operación, mientras que el pliego, según el resumen de los documentos anteriores del proceso, exigía 20 años. El informe no explica la diferencia; ambos oferentes aparecen como cumplidores, por lo que el documento no acredita que cambiara el resultado, pero corresponde verificar qué criterio se aplicó de manera uniforme.
“Copia del Registro Mercantil vigente expedido por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, en el que conste que la actividad del negocio es afín al objeto del procedimiento de Subasta Inversa y en el cual se evidencie que ha oper” — SI-2025-0005 VALES CANJEABLES Informe Pericial Preliminar.pdf
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El informe pericial preliminar, fechado el 18 de agosto de 2025, registra la apertura de las ofertas técnicas presentadas por Centro Cuesta Nacional, S.A.S. y Plaza Lama, S.A. para la adquisición de vales canjeables. Recomienda solicitar a Plaza Lama que subsane la fecha faltante en su compromiso con el Código de Ética y deja constancia de que Centro Cuesta no tenía documentos pendientes de subsanación; no decide la habilitación definitiva.
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| Centro Cuesta Nacional, S.A.S.El informe preliminar indica que no presenta documentos pendientes de subsanación; no constituye una decisión de habilitación definitiva. | Mencionado | — | — |
| Plaza Lama, S.A.El informe recomienda subsanar el formulario de compromiso con el Código de Ética, presentado sin fecha; no constituye una decisión de habilitación definitiva. | Mencionado | — | — |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Plaza Lama, SA | RD$29,700,000 | 11 ago de 2025 | Pendiente |
| Centro Cuesta Nacional, SAS | RD$29,100,000 | 11 ago de 2025 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Plaza Lama, SA | RD$18,400,000 | 4 sept de 2025 | Cerrado · contrato |
| Centro Cuesta Nacional, SAS | RD$8,890,000 | 4 sept de 2025 | Cerrado · contrato |
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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