Servicio Nacional de Salud
Restricción automática a empresas con accionistas coincidentes
· hace 19 días
El pliego contempla descalificar al oferente si no logra demostrar la inexactitud de indicios identificados en la debida diligencia. Conviene revisar que la exclusión se funde en una práctica prohibida comprobada y en una decisión motivada, y no únicamente en la falta de refutación del indicio.
“Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipulado, no se refiere a 1o solicitado o no logra clemostrar la inexactitud de los indicios iclentificados, queclará descalificado.” — Pliego de Condiciones.pdf
Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…
Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El pliego establece la compra de material gastable para el SNS mediante Contratación Simplificada, con adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos. Aunque el portal y los antecedentes del proceso indican un valor estimado de RD$6,342,164.96, el pliego consigna también RD$6,842,164.96; además, fija fechas contradictorias para la vigencia de la garantía de seriedad y un plazo de dos días para la garantía de fiel cumplimiento, frente a los cinco previstos en el reglamento.
Servicio Nacional de Salud
· hace 19 días
Servicio Nacional de Salud
· hace 19 días
Servicio Nacional de Salud
· hace 19 días
Servicio Nacional de Salud
· hace 19 díasRD$6.8 millones
Servicio Nacional de Salud
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Servicio Nacional de Salud
· hace 19 días
Servicio Nacional de Salud
· hace 19 días
Servicio Nacional de Salud
· hace 19 días
Servicio Nacional de Salud
· hace 21 díasRD$3.2 millones
Servicio Nacional de Salud
· hace 23 díasRD$6.9 millones
Servicio Nacional de Salud
· hace 23 días
Servicio Nacional de Salud
· hace 23 díasRD$21