Servicio Nacional de Salud
Documentación técnica esencial reservada hasta después de adjudicar
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El pliego excluye la participación simultánea de empresas que coincidan en alguno de sus socios, además de regular la participación múltiple de una misma persona. La extensión a empresas distintas por cualquier socio común puede limitar la concurrencia más allá de la prohibición legal de multiplicidad de participación de una misma persona.
““De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”” — pliego cp-2026-0001.pdf
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El pliego del proceso SNS-CCC-CP-2026-0001 establece una contratación simplificada para una obra no compleja, en lote único, con presupuesto referencial de RD$199,640,443.15 y plazo de ejecución de 12 meses. Fija la recepción de ofertas para el 13 de octubre de 2026 y la adjudicación para el 3 de diciembre de 2026, con evaluación técnica y económica mediante una ponderación de 70% y 30%, respectivamente. Incluye requisitos de participación, financieros y técnicos, y condiciones para la ejecución y el pago del contrato.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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