El proceso adjudicado contrata la gestión de un evento de catering para un almuerzo navideño, por un monto estimado de RD$1,135,000. Aunque CORAAMOCA necesita servicios de alimentación para ciertas actividades institucionales, el contexto no vincula esta celebración con la prestación de servicios de agua y alcantarillado; es un agasajo y no una necesidad claramente asociada a su misión. (Juicio con inteligencia artificial sobre si la compra corresponde a la función de la institución, con su presupuesto, sus compras habituales, el plan anual y los documentos del proceso; es un motivo para mirar, no una conclusión.)
Ley 340-06, artículo 3
… 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos específicos de las contrataciones, no podrán incluir ninguna regulación que impida la…
Ley 340-06, artículo 3
… 6) Principio de responsabilidad, moralidad y buena fe. Los servidores públicos estarán obligados a procurar la correcta ejecución de los actos que conllevan los procesos de contratación, el cabal cumplimiento del objeto del contrato y la protección de los derechos de la entidad del contratista y de terceros que pueden verse afectados por la ejecución del contrato. Las entidades públicas y sus servidores serán pasibles de las sanciones que prevea la normativa vigente; 7) Principio de reciprocidad. El Gobierno procurará un trato justo a los oferentes dominicanos cuando participen en otros países, otorgando similar trato a los participantes extranjeros en cuanto a condiciones, requisitos,…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Eventos Sonia & Felix, SRL | RD$1,351,100 | 11 dic de 2024 | Calificada |
| BOLAO PIZZA SRL | RD$1,075,570 | 11 dic de 2024 | Calificada |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| BOLAO PIZZA SRL | RD$1,075,570 | 12 dic de 2024 | Cerrado · contrato |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona