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Resolución

Resolución 29-26

que aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Seychelles y el Gobierno de República Dominicana, firmado en Aqaba, Reino Hachemita de Jordania, el 3 de diciembre de 2019, y el Protocolo de Enmienda para modificar el Acuerdo de Servicios Aéreos, firmado el 5 de diciembre de 2023. G. O. núm. 11247 del 19 de junio de 2026

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 jun de 2026fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 11247Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. núm. 29-26 que aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Seychelles y el Gobierno de República Dominicana, firmado en Aqaba, Reino Hachemita de Jordania, el 3 de diciembre de 2019, y el Protocolo de Enmienda para modificar el Acuerdo de Servicios Aéreos, firmado el 5 de diciembre de 2023. G. O. núm. 11247 del 19 de junio de 2026. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. núm. 29-26 Vistos: Los artículos 93, numeral 1) literal l), y 128, numeral 1), literal d) de la Constitución de la República Dominicana; Visto: El Acuerdo de Servicios Aéreos suscrito entre el Gobierno de la República de Seychelles y el Gobierno de la República Dominicana, firmado en Aqaba, Reino Hachemita de Jordania, el 3 de diciembre de 2019, y el Protocolo de Enmienda para modificar el Acuerdo de Servicios Aéreos, firmado el 5 de diciembre de 2023; Vista: La sentencia núm.TC/0526/25, de fecha 23 de julio de 2025, del Tribunal Constitucional; Visto: El oficio núm.023795, del 22 de septiembre del año 2025, del presidente de la República. RESUELVE: Único: Aprobar el Acuerdo de Servicios Aéreos suscrito entre el Gobierno de la República de Seychelles, representado por el señor Jean-Claude Adrienne, Embajador de la República de Seychelles y el Gobierno de República Dominicana, representado por el señor Luis Ernesto Camilo García, Presidente de la Junta de Aviación Civil de la República Dominicana, firmado en Aqaba, Reino Hachemita de Jordania el 3 de diciembre de 2019, y el Protocolo de Enmienda para modificar dicho acuerdo, firmado el 5 de diciembre de 2023. El referido acuerdo tiene por objetivo el derecho a volar sin aterrizar en el territorio de a otra parte; el derecho de hacer paradas en el territorio de la otra parte para fines no relacionados con el tráfico; y el derecho de embarcar y desembarcar pasajeros, equipaje carga y correo en las establecidas, todo esto con el propósito de operar servicios de transporte aéreos entre las rutas que se especifican en la lista anexa, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona