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Resolución

Resolución 28-26

que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial, sobre la supresión recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio, suscrito el 26 de septiembre de 2024, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. G. O. núm. 11247 del 19 de junio de 2026

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 jun de 2026fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 11247Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial (otro Estado)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. núm. 28-26 que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial, sobre la supresión recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio, suscrito el 26 de septiembre de 2024, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. G. O. núm. 11247 del 19 de junio de 2026. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. núm. 28-26 Visto: El artículo 93, numeral 1), literal l), de la Constitución de la República Dominicana; Visto: El artículo 128, numeral 1), literal d), de la Constitución de la República Dominicana; Visto: El Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial sobre la Supresión Recíproca de Visados para Titulares de Pasaportes Diplomáticos Oficiales y de Servicio, suscrito el 26 de septiembre de 2024, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; Vista: La sentencia núm.TC/0043/25, de fecha 28 de marzo de 2025, del Tribunal Constitucional; Visto: El oficio núm.023792, del 22 de septiembre del año 2025, del presidente de la República. RESUELVE: Único: Aprobar el Acuerdo suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial sobre la supresión recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos oficiales y de servicio, firmado el 26 de septiembre de 2024, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, representados, por el Gobierno de la República Dominicana por el ministro de Relaciones Exteriores, señor Roberto Álvarez Gil, y el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial, por el ministro de Asuntos Exteriores, Cooperación Internacional y Diáspora de la República de Guinea Ecuatorial, señor Simeón Oyono Esono Angüe. El referido acuerdo tiene por objeto que los nacionales del Estado de cualquier de las partes, que posean un pasaporte diplomático, oficial y de servicio, estarán exentos del requisito de visado para entrar, transitar y permanecer en el territorio del Estado de la otra parte por un período que no exceda de noventa (90) días durante cualquier período de ciento ochenta (180) días siguientes a la fecha de su primera entrada, siempre que no se dedique a una actividad lucrativa, incluida el empleo o cualquier otra forma de actividad privada remunerada en el territorio del Estado de la otra parte; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona