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Resolución

Resolución 21-26

APROBATORIA DEL ACUERDO DE SERVICIOS AÉREOS SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y ...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 may de 2026fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 11243Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Gobierno de Jamaica (otro Estado)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. núm. 21-26 aprobatoria del Acuerdo de Servicios Aéreos suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de Jamaica, firmado el 18 de diciembre de 2024, en Santo Domingo, República Dominicana. G. O. núm. 11243 del 30 de mayo de 2026. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. núm. 21-26 Vistos: Los artículos 93, numeral 1), literal L), y 128, numeral 1), literal d), de la Constitución de la República Dominicana; Visto: El Acuerdo de Servicios Aéreos suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de Jamaica, firmado el 18 de diciembre de 2024, en Santo Domingo, República Dominicana; Vista: La sentencia núm.TC/0726/25, de fecha 2 de septiembre de 2025 del Tribunal Constitucional; Visto: El oficio núm.023794, del 22 de septiembre del año 2025, del presidente de la República. RESUELVE: Único: Aprobar el Acuerdo de Servicios Aéreos suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana, representado por el señor Roberto Álvarez Gil, ministro de Relaciones Exteriores y el Gobierno de Jamaica, representado por el señor Daryl Vaz; ministro de Ciencia, Energía, Telecomunicaciones y Transporte de Jamaica, firmado el 18 de diciembre de 2024, en Santo Domingo, República Dominicana. El referido acuerdo tiene por objetivo garantizar el más alto grado de seguridad de los servicios aéreos internacionales, conceder derecho para la prestación de servicios aéreos internacionales por las aerolíneas designadas a volar sin aterrizar en el territorio de la otra parte, hacer escalas en dicho territorio para fines no comerciales y se permite designar una aerolínea o aerolíneas a los fines de operar los servicios convenidos, de conformidad con el acuerdo así como modificar o incluso retiraran dichas designaciones ; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona