Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. núm. 51-25 que aprueba el contrato de permuta suscrito el 10 de agosto de 2012,
entre el Ingenio Boca Chica y los señores Paulino Acacio Montilla y Aníbal Gómez
Carvajal, mediante el cual el primero traspasa a los segundos una porción de terreno
de 218,392.00 metros cuadrados, ubicada en la Parcela No. 264 (Parte), del D.C. No. 32,
lugar Jubey, sección Los Tanquecitos, municipio Boca Chica, y los segundos, ceden a
cambio de los terrenos descritos, una porción de terreno de 218,392.00 mts2,
identificada con la matricula No.0100031614, en la Parcela No. 54, del D.C. No. 31,
ubicada en el Distrito Nacional. Los señores Paulino Acacio Montilla y Aníbal Gómez
Carvajal, se comprometen a entregar al Consejo Estatal del Azúcar (CEA), la suma de
quinientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$500,000.00). G. O. No. 11206 del 31
de julio de 2025.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. núm. 51-25
VISTO: el artículo 93, numeral 1), literal k) de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de permuta, suscrito en fecha 10 de agosto del año 2012, entre el
INGENIO BOCA CHICA y los señores PAULINO ACASIO MONTILLA y ANÍBAL
GÓMEZ CARVAJAL.
RESUELVE:
ÚNICO: APROBAR el contrato de permuta, suscrito en fecha 10 de agosto del año 2012,
entre el INGENIO BOCA CHICA, válidamente representado por su Director Ejecutivo, Dr.
Domingo Enrique Martínez Reyes, de una parte; y de la otra parte, los señores PAULINO
ACASIO MONTILLA y ANÍBAL GÓMEZ CARVAJAL, por medio del cual, el primero
traspasa a los segundos, a título de permuta, una porción de terreno con una extensión
superficial de doscientos dieciocho mil trescientos noventa y dos metros cuadrados
(218,392.00 Mts2) ubicada dentro de la parcela No.264 (parte), del D.C. No.32, lugar Jubey,
sección Los Tanquecitos, del municipio Boca Chica, y los segundos, ceden a cambio de los
terrenos descritos más arriba, una porción de terreno de una extensión superficial de
doscientos dieciocho mil trescientos noventa y dos metros cuadrados (218,392.00 Mts2),
identificada con la matrícula No.0100031614, dentro del inmueble Parcela No.54, del
Distrito Catastral No.31, ubicada en el Distrito Nacional. Los señores Paulino Acasio
Montilla Y Aníbal Gómez Carvajal se comprometen a entregar al Consejo Estatal del Azúcar
(CEA), la suma de quinientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$500,000.00) suma que
será destinada para el pago de la transferencia y gastos de trámite de deslinde de la porción
de terreno permutada; que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.