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Resolución

Resolución 51-25

QUE APRUEBA EL CONTRATO DE PERMUTA SUSCRITO EL 10 DE AGOSTO DE 2012, ENTRE EL INGENIO BOCA CHICA Y L...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 jul de 2025fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 11206Gaceta Oficial del 31 jul de 2025
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
PAULINO ACASIO MONTILLA y ANÍBAL GÓMEZ CARVAJAL (persona)
Monto
RD$500,000 · en el texto: «RD$500,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. núm. 51-25 que aprueba el contrato de permuta suscrito el 10 de agosto de 2012, entre el Ingenio Boca Chica y los señores Paulino Acacio Montilla y Aníbal Gómez Carvajal, mediante el cual el primero traspasa a los segundos una porción de terreno de 218,392.00 metros cuadrados, ubicada en la Parcela No. 264 (Parte), del D.C. No. 32, lugar Jubey, sección Los Tanquecitos, municipio Boca Chica, y los segundos, ceden a cambio de los terrenos descritos, una porción de terreno de 218,392.00 mts2, identificada con la matricula No.0100031614, en la Parcela No. 54, del D.C. No. 31, ubicada en el Distrito Nacional. Los señores Paulino Acacio Montilla y Aníbal Gómez Carvajal, se comprometen a entregar al Consejo Estatal del Azúcar (CEA), la suma de quinientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$500,000.00). G. O. No. 11206 del 31 de julio de 2025. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. núm. 51-25 VISTO: el artículo 93, numeral 1), literal k) de la Constitución de la República. VISTO: El contrato de permuta, suscrito en fecha 10 de agosto del año 2012, entre el INGENIO BOCA CHICA y los señores PAULINO ACASIO MONTILLA y ANÍBAL GÓMEZ CARVAJAL. RESUELVE: ÚNICO: APROBAR el contrato de permuta, suscrito en fecha 10 de agosto del año 2012, entre el INGENIO BOCA CHICA, válidamente representado por su Director Ejecutivo, Dr. Domingo Enrique Martínez Reyes, de una parte; y de la otra parte, los señores PAULINO ACASIO MONTILLA y ANÍBAL GÓMEZ CARVAJAL, por medio del cual, el primero traspasa a los segundos, a título de permuta, una porción de terreno con una extensión superficial de doscientos dieciocho mil trescientos noventa y dos metros cuadrados (218,392.00 Mts2) ubicada dentro de la parcela No.264 (parte), del D.C. No.32, lugar Jubey, sección Los Tanquecitos, del municipio Boca Chica, y los segundos, ceden a cambio de los terrenos descritos más arriba, una porción de terreno de una extensión superficial de doscientos dieciocho mil trescientos noventa y dos metros cuadrados (218,392.00 Mts2), identificada con la matrícula No.0100031614, dentro del inmueble Parcela No.54, del Distrito Catastral No.31, ubicada en el Distrito Nacional. Los señores Paulino Acasio Montilla Y Aníbal Gómez Carvajal se comprometen a entregar al Consejo Estatal del Azúcar (CEA), la suma de quinientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$500,000.00) suma que será destinada para el pago de la transferencia y gastos de trámite de deslinde de la porción de terreno permutada; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona