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Resolución

Resolución 91-24

que aprueba el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Cohesión Territorial, entre el Estado dominicano y la Fiduciaria Reservas, S.A

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 dic de 2024fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 11181Gaceta Oficial del 23 dic de 2024
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Fiduciaria Reservas, S.A (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. núm. 91-24 que aprueba el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Cohesión Territorial, entre el Estado dominicano y la Fiduciaria Reservas, S.A. G. O. No. 11181 del 23 de diciembre de 2024. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. núm. 91-24 Visto: El artículo 93, numeral 1) literal k) de la Constitución de la República Dominicana. Visto: El Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Cohesión Territorial (Fideicomiso Cohesionado), de fecha 11 de noviembre de 2021. Visto: El Decreto núm.249-19, de fecha 9 de julio de 2019, que crea el Fondo de Cohesión Territorial. Visto: El Decreto núm.606-21, de fecha 27 de septiembre de 2021, que constituye el Fideicomiso de Administración del Fondo de Cohesión Territorial, en virtud de la Ley núm.No.189-11 y del Decreto núm.95-12, que establece su Reglamento de aplicación. RESUELVE: Único: Aprobar el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Cohesión Territorial (Fideicomiso Cohesionado), de fecha 11 de noviembre de 2021, suscrito entre el Estado dominicano, representado por el señor Miguel Ceara Hatton, ministro de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) y la Fiduciaria Reservas S.A., representado por los señores Samuel Pereyra Rojas, presidente del Consejo de Administración y Andrés Vander Horst Álvarez; Gerente General y Gestor Fiduciario. Entre los principales fines para los cuales se constituye el Fideicomiso para el Fondo de Cohesión Patrimonial (Fideicomiso Cohesionado), están: 1) La administración y operatividad de las operaciones del Fondo de Cohesión Territorial y el desembolso de los pagos por hitos a ser efectuados a favor de los beneficiarios de los Proyectos de Inversión conforme las instrucciones que sean recibidas por parte de el Fideicomitente y aprobados por el Comité Técnico del Fideicomiso. 2) Cofinanciar los proyectos de inversión en el marco del Fondo de Cohesión Territorial que sean preparados por el Fideicomitente, a través de la Oficina Coordinadora General del Fideicomiso, conforme las disposiciones del Decreto núm.249-19, de fecha 09 de julio del año 2019 y las resoluciones, reglamentos y normativas dictados a tales fines, y aprobados por el Comité Técnico. 3) Adoptar los mecanismos y criterios administrativos necesarios para el manejo de los recursos destinados a invertirse en los proyectos de inversión de los territorios seleccionados por el Fideicomitente. 4)Efectuar los desembolsos de los proyectos de inversión que sean aprobados por el Comité Técnico, conforme las instrucciones dadas por el Fideicomitente en el marco del Fondo de Cohesión Territorial. 5) Administrar el Patrimonio Fideicomitido del Fideicomiso y la obtención de rendimientos, ya sea por medio de las inversiones permitidas de conformidad a la cláusula Décima Séptima (17°) del presente Contrato, conforme las instrucciones específicas que sean impartidas por el Fideicomitente a la Fiduciaria a través del Comité Técnico, que copiado a la letra dice así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona