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Resolución

Resolución 23-24

que aprueba el Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Reino de los Países Bajos, respecto a San Martin, y la República Dominicana respecto al Transporte Aéreo entre y más allá de sus respectivos territorios, suscrito en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana el 13 de mayo de 2019

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 jul de 2024fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 11157Gaceta Oficial del 30 jul de 2024
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Reino de los Países Bajos (otro Estado)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. núm. 23-24 que aprueba el Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Reino de los Países Bajos, respecto a San Martin, y la República Dominicana respecto al Transporte Aéreo entre y más allá de sus respectivos territorios, suscrito en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana el 13 de mayo de 2019. G. O. No. 11157 del 30 de julio de 2024. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. Núm. 23-24 Visto: El artículo 93, numeral 1), literal L) de la Constitución de la República Dominicana. Visto: El Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Reino de los Países Bajos, respecto a San Martín, y la República Dominicana respecto al Transporte Aéreo entre y más allá de sus respectivos territorios, suscrito en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el 13 de mayo de 2019. Vista: La Sentencia del Tribunal Constitucional núm.TC/0237/21, de fecha 27 de agosto de 2021, relativa al control preventivo de constitucionalidad. RESUELVE: Único: Aprobar el Acuerdo de Transporte entre la República Dominicana, representada por el entonces ministro de Relaciones Exteriores, señor Miguel Vargas y el Reino de los Países Bajos, respecto a San Martín, representado por el ministro de Turismo, Asuntos Económicos, Transporte y Telecomunicaciones, señor Stuart Andrew Johnson, respecto al Transporte Aéreo entre y más allá de sus respectivos territorios, suscrito en Santo Domingo, República Dominicana, el 13 de mayo del año 2019. El objeto de este Acuerdo es establecer el marco bilateral de las relaciones aerocomerciales entre los dos Estados, que fomentarán el desarrollo del transporte aéreo y la conectividad del país con otros destinos; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona