Texto
Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. núm.64-23 que aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre la República
Dominicana y la República de Costa Rica, suscrito en Santo Domingo, Distrito Nacional
el 25 de febrero de 2022. G. O. No. 11127 del 10 de noviembre de 2023.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. núm. 64-23
Visto: El artículo 93, numeral 1), literal L) de la Constitución de la República.
Visto: El Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República Dominicana y el
Gobierno de la República de Costa Rica, firmado en Santo Domingo, República Dominicana
el 25 de febrero del año 2022.
Vista: La Sentencia del Tribunal Constitucional núm.TC/0494/22, de fecha 26 de diciembre
de 2022, relativa al Control Preventivo de Constitucionalidad.
RESUELVE:
Único: Aprobar el Acuerdo de servicio Aéreos, entre el Gobierno de la República Dominicana,
representado por el ministro de Relaciones Exteriores, señor Roberto Álvarez y el Gobierno de
la República de Costa Rica, representado por el ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
señor Rodolfo Solano Quirós, suscrito en Santo Domingo, República Dominicana, el 25 de
febrero del año 2022. Dicho Acuerdo tiene como objetivo reconocer a las partes los siguientes
derechos: a) El derecho de efectuar vuelos a través del territorio de la otra parte sin aterrizar;
b) El derecho de efectuar escalas en el territorio de la otra parte para fines no comerciales y c)
Los demás derechos especificados en el presente acuerdo; que copiado a la letra dice así:
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