Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.
Texto
Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. núm. 16-23 que aprueba el Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República
Dominicana y la República Portuguesa. G. O. No. 11098 del 7 de febrero de 2023.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. núm. 16-23
Visto: El artículo 93, numeral 1), literal 1) de la Constitución de la República.
Visto: El Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República Dominicana y la República
Portuguesa, suscrito en Lisboa, en fecha 20 de mayo de 2019.
Vista: La Sentencia No.TC/0061/20 de fecha veintiuno (21) de febrero de 2020 del Tribunal
Constitucional, relativa al control preventivo de constitucionalidad.
RESUELVE:
ÚNICO: Aprobar el Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República Dominicana,
representada por el señor Miguel Vargas, entonces Ministro de Relaciones Exteriores y la
República Portuguesa, representada por el señor Ernesto Augusto Santos Silva, Ministro de
Asuntos Exteriores de la República Portuguesa, suscrito en Lisboa, en fecha 20 de mayo de
2019. Dicho Acuerdo tiene por objetivo principal favorecer el desarrollo del transporte aéreo
entre los territorios de los países suscribientes, de tal manera que se propicie su expansión
económica y comercial. Al mismo tiempo, el mencionado Acuerdo permitirá la conectividad
de ambas naciones con otros destinos, facilitando el esparcimiento de oportunidades de
servicios aéreos y garantizando el más alto grado de protección y seguridad internacional;
que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona