jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 374-22

que aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el gobierno de la

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 dic de 2022fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 11094Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
gobierno de la República Oriental del Uruguay (otro Estado)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. núm. 374-22 que aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el gobierno de la República Dominicana y el gobierno de la República Oriental del Uruguay, suscrito el 12 de noviembre de 2018. G. O. No. 11094 del 31 de diciembre de 2022. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. núm. 374-22 Visto: El artículo 93, numeral 1), literal l) de la Constitución de la República; Visto: El Acuerdo de Servicios Aéreos entre el gobierno de la República Dominicana y el gobierno de la República Oriental del Uruguay, suscrito en Santo Domingo, República Dominicana en fecha 12 de noviembre del año 2018. RESUELVE: Único: Aprobar el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el gobierno de la República Dominicana, representada por el entonces ministro de Relaciones Exteriores, señor Miguel Vargas y el gobierno de la República Oriental del Uruguay, representado por el ministro de Relaciones Exteriores, señor Rodolfo Nin Novoa, suscrito en Santo Domingo, República Dominicana, el 12 de noviembre del año 2018. Este acuerdo tiene como objeto reconocer a las partes los siguientes derechos: a El derecho de sobrevolar el territorio de la otra parte contratante; b El derecho de hacer escalas para fines no comerciales en dicho territorio; c El derecho de prestar servicios regulares y no regulares, combinados de pasajeros y carga o exclusivos de carga, entre los territorios de las partes y entre el territorio de la parte contratante y cualquier tercer país, a través de su propio territorio, pudiendo dichos servicios, cuando se trate de vuelos exclusivos de carga, no comprender ningún punto del territorio de la parte que designa la línea aérea, sin limitaciones en cuanto a rutas, frecuencias y material de vuelo, que podrá ser propio, arrendado o fletado; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona