Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. núm. 363-22 que aprueba la Segunda Enmienda al Contrato de Fabricación y
Suministro, de fecha 15 de marzo de 2022, entre el Gobierno de la República
Dominicana y Pfizer Free Zone Panamá, S. de R.L., sobre el suministro de vacunas
contra el COVID. G. O. No. 11090 del 9 de diciembre de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. núm. 363-22
Visto: El artículo 93, numeral 1), literales j) y k) de la Constitución de la República.
Vista: La Resolución núm.116-21 que aprueba el Contrato de Fabricación y Suministro, de
fecha 5 de mayo de 2021, suscrito entre la República Dominicana y Pfizer Free Zone Panamá,
S. de R. L., para la adquisición de 9,999,990 dosis de la vacuna para la prevención de la
COVID-19, por un monto de US$119,999.880.
Vista: La Resolución núm.325-21, de fecha 14 de septiembre de 2021, que aprueba la
Primera Enmienda al Contrato de Fabricación y Suministro, suscrita entre el Gobierno de la
República Dominicana y Pfizer Free Zone Panamá, S. de R.L., con domicilio en [domicilio omitido].
Vista: La Segunda Enmienda al Contrato de Fabricación y Suministro, suscrita entre el
Gobierno de la República Dominicana y Pfizer Free Zone Panamá, S. de R.L., con domicilio
en [domicilio omitido].
RESUELVE:
Único: Aprobar la Segunda Enmienda al Contrato de Fabricación y Suministro, suscrita en
fecha 15 de marzo de 2022, entre el Gobierno de la República Dominicana y Pfizer Free Zone
Panamá, S. de R.L., con domicilio en [domicilio omitido],
representada por el señor Bradley Allen Silcox, presidente y representante legal y el Gobierno
de la República Dominicana, representado por el señor Daniel Enrique de Jesús Rivera
Reyes, ministro de Salud Pública y Asistencia Social. Mediante dicha enmienda, las partes
acuerdan la reasignación de un año calendario a otro año calendario, de un millón doscientos
noventa y seis mil (1,296,000) dosis. En conjunto, el total de dosis entregadas en el año
calendario 2021 y las dosis reasignadas, reducen el número de las dosis contratadas de nueve
millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa (9,999,990) a nueve millones
novecientos noventa y seis mil ciento veinte (9,996,120), para cumplir con los términos del
contrato original y los nuevos términos de esta segunda Enmienda. Las dosis reasignadas
deberán ser dosis pediátricas; que copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.