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Resolución

Resolución 300-22

que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y la señora Ana Antonia Núñez Báez, representada por el señor Ángel Miguel Alcántara Alcántara, sobre la venta por parte del primero a la segunda, de una porción de terreno de 135.17Mts², dentro de las parcelas No. 104-A y 101 (pte), manzana No. 2290, solares 23 y 23-A, del D.C. No. 15, Distrito Nacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 jul de 2022fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 11074Gaceta Oficial del 15 jul de 2022
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Ana Antonia Núñez Báez (persona)
Monto
RD$67,585 · en el texto: «RD$67,585.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. núm. 300-22 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y la señora Ana Antonia Núñez Báez, representada por el señor Ángel Miguel Alcántara Alcántara, sobre la venta por parte del primero a la segunda, de una porción de terreno de 135.17Mts², dentro de las parcelas No. 104-A y 101 (pte), manzana No. 2290, solares 23 y 23-A, del D.C. No. 15, Distrito Nacional. G. O. No. 11074 del 15 de julio de 2022. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 300-22 VISTO: El inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República. VISTO: El contrato de venta de terrenos suscrito en fecha 27 de junio del año 2002, entre el Estado dominicano y la señora Ana Antonia Núñez Báez, debidamente representada por el señor Ángel Miguel Alcántara Alcántara. R E S U E L V E: UNICO: APROBAR el contrato de venta de terrenos suscrito en fecha 27 de junio del año 2002, entre el Estado dominicano, representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, señor Bienvenido Brito, portador de la cédula de identidad y electoral No.[cédula], de una parte, y de la otra parte, la señora Ana Antonia Núñez Báez, portadora del Pasaporte No.[omitido], debidamente representada por el señor Ángel Miguel Alcántara Alcántara, portador de la cédula de identidad y electoral No.[cédula], por medio del cual el primero traspasa a la segunda, a título de venta, una porción de terreno con una extensión superficial de ciento treinta y cinco punto diecisiete metros cuadrados (135.17 mt²), dentro de la parcela No. 104-A y 101-(parte), manzana 2290, solares 23 y 23-A, del Distrito Catastral No. 15, del Distrito Nacional, valorada en la suma de sesenta y siete mil quinientos ochenta y cinco pesos dominicanos con 00/100) (RD$67,585.00), que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona