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Resolución

Resolución 225-22

que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el Dr. Mario Wynns Veras y su adendum de fecha 15 de diciembre de 2008, por medio del cual el primero traspasa al segundo, el apartamento No. A-1, edificio No. 4, dentro del Proyecto Habitacional Los Tres Ojos, 2da Etapa, Santo Domingo Este

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 jul de 2022fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 11073Gaceta Oficial del 14 jul de 2022
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Mario Wynns Veras (persona)
Monto
RD$193,000 · en el texto: «RD$193,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. núm. 225-22 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el Dr. Mario Wynns Veras y su adendum de fecha 15 de diciembre de 2008, por medio del cual el primero traspasa al segundo, el apartamento No. A-1, edificio No. 4, dentro del Proyecto Habitacional Los Tres Ojos, 2da Etapa, Santo Domingo Este. G. O. No. 11073 del 14 de julio de 2022. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 225-22 VISTA: La decimoquinta disposición transitoria de la Constitución de la República del 26 de enero del año 2010. VISTO: El contrato de venta de apartamento suscrito en fecha 10 de abril del año 1991, entre el Estado dominicano y el Dr. Mario Wynns Veras, y sua adendum de fecha 15 de diciembre del año 2008. R E S U E L V E: UNICO: Aprobar el contrato de venta de apartamento suscrito en fecha 10 de abril del año 1991, entre el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ, de una parte, y de la otra parte, el Dr. Mario Wynns Veras, por medio del cual el primero traspasa al segundo, a título de venta, el apartamento marcado con el No.A-1, correspondiente al edificio No.4, construido de blocks y concreto, ubicado en el Proyecto Habitacional Los Tres Ojos, en esta ciudad, valorado en la suma de (RD$193,000.00), ciento noventa y tres mil pesos oro con 00/100 y su adendum de fecha 15 de diciembre del año 2008, por medio del presente acto corrigen los errores materiales cometidos en el contrato antes mencionado referente al nombre de los beneficiarios para que digan y se lean como Mario Emilio Wynns Veras y Amelia de Jesús Pérez Almonte, según sus cedulas de identidad y electoral, y en cuanto a la emisión de los linderos medidas y designación catastral del referido inmueble, para que diga y se lea como apartamento No.A-1, edificio No.4, ubicado en el Proyecto Habitacional Los Tres Ojos, 2da. Etapa, del municipio Santo Domingo Este, situado dentro del ámbito de la parcela No.178-B-8 (parte), del D. C. No.6, municipio Santo Domingo Este, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona