Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil siete (2007), años 164 de la
Independencia y 145 de la Restauración.
Julio César Valentín Jiminián
Presidente
Maria Cleofia Sánchez Lora
Teodoro Ursino Reyes
Secretaria
Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); años 178
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Res. No. 85-22 del 11 de julio de 2022, que aprueba el contrato entre el Estado
dominicano y la señora Nereyda Espiritusanto Herrera, y su adendum de fecha 23 de
octubre de 2003, sobre el traspaso por parte del primero a la segunda, del apartamento
No. 1-E, edificio No. 92, Tipo MHV, ubicado en el Proyecto Habitacional Villa Juana-
Villa Consuelo, D.N. G. O. No. 11072 del 12 de julio de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 85-22
VISTO: El inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta de apartamento suscrito en fecha 13 de enero del año 1999 y
su adendum de fecha 23 de octubre del año 2003, entre el Estado dominicano y la señora
Nereyda Espiritusanto Herrera.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta de apartamento suscrito en fecha 13 de enero del
año 1999, entre el Estado dominicano, representado por el Administrador General de Bienes
Nacionales, Lic. Carlos Alberto Amarante Baret, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No. [cédula], de una parte y de la otra parte, la señora Nereyda Espiritusanto
Herrera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], por medio del
cual el primero traspasa a la segunda, a título de venta, el apartamento marcado con el No. 1-
E, del edificio No. 92, Tipo MHV, construido de blocks y concreto, ubicado en el Proyecto
Habitacional Villa Juana-Villa Consuelo, de la ciudad de Santo Domingo, D.N., valorado en
la suma de ochenta y seis mil ciento cincuenta y dos pesos con 18/100 (RD$86,152.18) y el
adendum del contrato suscrito en fecha 23 de octubre del año 2003, entre el Estado
dominicano representado por el señor Bienvenido Brito, de una parte y de la otra parte la
señora Nereyda Espiritusanto Herrera, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.