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Resolución

Resolución 66-22

QUE APRUEBA EL CONTRATO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LA SEÑORA DEMETRIA ROSARIO DE HERNÁNDEZ Y EL CO...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 jul de 2022fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 11072Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
RAFAEL ORLANDO TEJEDA CASTILLO Y GRACIELLI MARGARITA SOLIMÁN JUSTINIANO (persona)
Monto
RD$47,000 · en el texto: «RD$47,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 66-22 del 11 de julio de 2022, que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y la señora Demetria Rosario de Hernández y el contrato de transferencia a favor de los señores Rafael Orlando Tejeda Castillo y Gracielli Margarita Solimán Justiniano, del apartamento No. 304, edificio No. 58, Tipo C, del Proyecto Habitacional Hainamosa, dentro de la parcela No. 1-B-Ref. (parte), del D.C. No. 6, Distrito Nacional. G. O. No. 11072 del 12 de julio de 2022. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 66-22 VISTA: La decimoquinta disposición transitoria de la Constitución de la República del 26 de enero del 2010. VISTOS: El contrato de venta suscrito en fecha 2 de enero del año 1990, entre el Estado dominicano y la señora DEMETRIA ROSARIO DE HERNANDEZ, y el contrato de transferencia de fecha 19 de marzo del año 2009 a favor de los señores RAFAEL ORLANDO TEJEDA CASTILLO Y GRACIELLI MARGARITA SOLIMÁN JUSTINIANO. R E S U E L V E: UNICO: APROBAR el contrato de transferencia de apartamento, suscrito en fecha 19 de marzo del año 2009, por medio del cual el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, LIC. ELIAS WESSIN CHAVEZ, quien acepta la transferencia que hace la señora DEMETRIA ROSARIO DE HERNÁNDEZ, a favor de los señores RAFAEL ORLANDO TEJEDA CASTILLO Y GRACIELLI MARGARITA SOLIMÁN JUSTINIANO, por medio del cual el primero traspasa a los segundos, a título de venta, el apartamento No.304, del edificio No.58, Tipo C, del Proyecto Habitacional Hainamosa, de esta ciudad, ubicado dentro del ámbito de la Parcela No.1-B-Ref. (parte), del Distrito Catastral No.6, del Distrito Nacional, valorado en la suma de RD$47,000.00 (CUARENTA Y SIESTE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100); que copiados a la letra dicen así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona