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Resolución

Resolución 130-20

que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Pedro Enrique Lora Mendoza, y su adendum de fecha 17 de septiembre de 2008, a través del cual el primero vende al segundo, una porción de terreno de 516.38 Mts², dentro de la parcela No. 110-Ref-780-Parte, del D.C. No. 4, ubicada en el sector barrio Enriquillo, Herrera, Distrito Nacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 ago de 2020fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10982Gaceta Oficial del 10 ago de 2020
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Pedro Enrique Lora Mendoza (persona)
Monto
RD$103,276 · en el texto: «RD$103,276.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 130-20 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Pedro Enrique Lora Mendoza, y su adendum de fecha 17 de septiembre de 2008, a través del cual el primero vende al segundo, una porción de terreno de 516.38 Mts², dentro de la parcela No. 110-Ref-780-Parte, del D.C. No. 4, ubicada en el sector barrio Enriquillo, Herrera, Distrito Nacional. G. O. No. 10982 del 10 de agosto de 2020. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 130-20 VISTA: La décimoquinta disposición transitoria de la Constitución de la República, del 26 de enero de 2010. VISTO: El contrato de venta de terreno suscrito en fecha 3 de mayo del año 2000, entre el Estado dominicano y el señor PEDRO ENRIQUE LORA MENDOZA, y su adendum de fecha 17 de septiembre del año 2008. RESUELVE: UNICO: APROBAR el contrato de venta de terreno suscrito en fecha 3 de mayo del año 2000, entre el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, LIC. CARLOS ALBERTO AMARANTE BARET, de una parte, y de la otra parte, el señor PEDRO ENRIQUE LORA MENDOZA, por medio del cual el primero traspasa al segundo, una porción de terreno con área de 516.38 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.110-Ref.-780-parte, del Distrito Catastral No.4, ubicada en el sector barrio Enriquillo, de Herrera, del Distrito Nacional, valorada en la suma de CIENTO TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS CON 00/100 (RD$103,276.00), y su adendum, de fecha 17 de septiembre del año 2008, que corrige los errores materiales consistentes, el primero en que se omitió el número de Certificación de Título, y el segundo en que se omitieron los linderos del inmueble, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona